Las madres con hijos menores de tres años pueden aplicar una deducción por maternidad (que antes también se conocía como deducción por madre trabajadora) de hasta 1.200 €/año en la Declaración de la Renta, siempre que cumplan unos requisitos mínimos de cotización (o cobrar de forma anticipada).

En caso de adopción o acogimiento, la deducción por maternidad se puede aplicar, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de inscripción del menor en el Registro Civil o, en el caso de que la inscripción no sea necesaria durante los tres años siguientes a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.

Los requisitos de la deducción por maternidad

Desde enero de 2023 han cambiado los requisitos para aplicar la deducción por maternidad. Ahora también puedan aplicarla las madres que se quedan paro.

Actualmente pueden aplicar la deducción por maternidad las mujeres que han adoptado un menor o tienen un hijo menor de tres años que da derecho al mínimo por descendientes al hacer la declaración de la renta que

  • en el momento del nacimiento o la adopción reciben alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.
  • en el momento del nacimiento o la adopción están dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados (en estos caso, en el mes en que alcances el periodo mínimo cotizado de 30 días la cuantía de la deducción correspondiente a ese mes se incrementa en 150 €).
  • Ninguno de los progenitores reciba durante dichos meses, en relación a dicho menor, el complemento de ayuda para la infancia que establece el ingreso mínimo vital salvo que, se hubiera tenido derecho al mismo antes del 1 de enero de 2023.

Importe de la deducción por maternidad

La deducción se puede aplicar desde el mes del nacimiento hasta el mes anterior en el que el niño cumple tres años y es de 100 € por cada mes en el que se cumplen los requisitos.

Por lo tanto, la deducción por maternidad puede alcanzar los 1.200 euros al año si se cumplen los requisitos todos los meses. Si solo se cumplen algunos, será de 100 € por cada mes que se cumplan los requisitos.

Así, por ejemplo:

  • Si tienes un bebé en octubre, en la renta de 2023 podrás aplicar una deducción de 300 € (correspondiente a 3 meses), salvo que pidas el pago anticipado de la deducción por maternidad y lo recibas.
  • Si tu hijo cumple 3 años en noviembre de 2023 podrás deducirte hasta octubre (10 meses= 1.000 €), siempre que no hayas recibido el abono anticipado.

Se aplica una deducción por maternidad por cada hijo menor de 3 años

La deducción por maternidad se concede por cada hijo menor de tres años. Es decir si se tiene un hijo de dos años y nace otro, se puede aplicar la deducción por los niños. Y si nacen dos niños a la vez, la deducción será doble.
Es decir:

  • Cuando nacen o se adoptan dos niños a la vez se deduce el doble ( 200 €/mes y hasta 2.400 €/año).
  • Si se está cobrando la deducción por un hijo y nace otro, se puede pedir una nueva deducción por el segundo bebé. La del mayor durará hasta el mes anterior en el que cumpla los tres años.

Casos especiales en la deducción por maternidad

  • El padre se puede aplicar la deducción por maternidad en el caso de que tenga la guarda y custodia en exclusiva del menor, porque la madre ha fallecido o porque ha adoptado al niño en solitario.
  • Si los dos progenitores del menor son dos personas del mismo sexo (dos varones adoptantes o  una pareja formada por dos mujeres -una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes) ambos tienen derecho a aplicar la deducción por maternidad con respecto al mismo menor y el importe de la deducción se prorratea entre ellos por partes iguales. En estos casos, las solicitudes de abono anticipado de la deducción por maternidad se deben presentar de forma simultánea, según indica el artículo 4.2 de la Orden HAC/177/2020, de 27 de febrero de 2020.

Posibilidad de pedir el abono anticipado de la deducción por maternidad

Para aplicar la deducción por maternidad en la Declaración de la Renta no es necesario realizar ninguna solicitud previa en Hacienda.

Pero como la Declaración de la Renta no se se hace al año siguiente, existe la posibilidad de pedir el abono anticipado de la deducción por maternidad de forma mensual, lo que supone  recibir un ingreso por transferencia de la Agencia Tributaria de 100 €/mes

Para pedir el abono anticipado de la deducción por maternidad hay que presentar el modelo 140 en Hacienda. La solicitud se puede hacer  en persona en las oficinas de Hacienda, con cita previa y también por internet.de forma electrónica en la web de Hacienda, si se dispone de certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve PIN.

Deducción adicional por guardería 

Las madres que cumplen los requisitos para aplicar la deducción por maternidad pueden aplicar también una deducción adicional de hasta 1.000 €/ año por gastos de custodia en guarderías y centros de educación infantil. Puedes ampliar información en el artículo sobre la deducción por guardería.

Importante, en enero de 2024 el Tribunal Supremo ha sentenciado que no es necesario que  que el centro tenga autorización para dar educación infantil para poder deducir los gastos de guardería.

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2 Comentarios

  1. Fisioterapia Barrena Craus

    Muy completo el post. Creo que es posible hacer parte de estos trámites online, estaría bien tener los enlaces para hacerlo mejor todavía. Gracias por la información!

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    • Mujer y MADRE hoy

      Muchas gracias. Puedes ampliar información sobre cómo pedir el cobro anticipado de la deducción por maternidad en el artículo «Guía para pedir el cobro anticipado de la deducción por maternidad».

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