La Comunidad de Madrid ha iniciado la tramitación de un  anteproyecto de Ley para que subirá al 50% la bonificación en el impuesto de Sucesiones y Donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos.
Esta comunidad autónoma ya subió,  ya subió en 2022 al 25% la bonificación en el impuesto de sucesiones y donaciones entre estos miembros de la familia en 2002.Hasta entonces era del 15%  para los hermanos y del 10% para los tíos y sobrinos.
 
  • Para las Sucesiones y Donaciones entre padres e hijos o entre cónyuges se mantiene la bonificación del 99%.
 
La Ley que se está tramitando reformará otros aspectos del impuesto de Sucesiones y Donaciones, como las donaciones entre particulares inferiores a 1.000 €, que tendrán una bonificación del 100% .
 
Para el resto de donaciones se mantienen la bonificación del 99%.
 
Además,  cuando se apruebe la reforma no será necesario declarar ante notario las donaciones que no lleguen a 10.000 €

El impuesto de sucesiones y donaciones

Las herencias están gravadas con un impuesto llamado Impuesto de Sucesiones y Donaciones  y lo mismo ocurre con las donaciones en vida. Este impuesto, que se presenta con el modelo 650 de Hacienda, se aplica sobre el dinero y los bienes que recibe cada heredero o legatario y se debe abonar antes de que se cumplan seis meses del fallecimiento del testador. El plazo se puede prorrogar otros seis meses si se pide la prórroga dentro de los cinco primeros meses. Tienes más información en el post Pasos para cobrar una herencia

La Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones establece una tipo aplicable del 7,65% al 34% en función del montante de la base liquidable. Pero luego las comunidades autónomas pueden aplicar bonificaciones en el impuesto, lo que provoca que el dinero que se paga en el impuesto varíe mucho de una comunidad autónoma a otra.

También están obligados a pagar este impuesto los beneficiarios de un seguro de vida.

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