La Dirección General de Familias y Protecciones de Menores de la Comunidad Autónoma de Murcia ha modificado el procedimiento para obtener el título de familia numerosa para hacer posible que en el caso de que las dos unidades familiares con custodia compartida reúnan los requisitos exigidos para ser familia numerosa, se concedan dos títulos de familia numerosa en las custodias compartidas, uno por cada unidad familiar que exista, computando en ambos títulos los descendientes provenientes del primer matrimonio.
Esta modificación da respuesta a la nueva realidad que viven muchas familias después de la separación, cuando los progenitores comparten la custodia de los hijos y forman nuevas familias con otras personas que también tienen hijos.
Dos títulos de familia numerosa en las custodias compartidas
En la Región de Murcia, hay actualmente 32.669 familias numerosas reconocidas que pueden acogerse a los beneficios económicos, sociales y culturales para las familias numerosas que sólo se aplican en una unidad familiar, nunca en dos al mismo tiempo y que obliga a alternar en el tiempo la vigencia del título de familia numerosa.
Esto supone un perjuicio para los hermanastros que pueda haber en las familias con custodias compartidas, que no pueden beneficiarse del título igual que sus hermanos, cuando la realidad es que los descendientes conviven y son mantenidos económicamente por ambas unidades familiares, al igual que los hermanastros de estos, si existen.
Por ello, en el caso de que las dos unidades familiares implicadas en la custodia compartida reúnan los requisitos exigidos, se concederán dos títulos de familia numerosa, uno por cada unidad familiar que exista, computando en ambos títulos los descendientes provenientes del primer matrimonio.
Así, las familias con custodia compartida y varios hijos a su cargo, aun sin ser hijos comunes de los progenitores, podrán obtener el título de familia numerosa. Es decir, un progenitor divorciado o separado que tenga reconocida la condición de familia numerosa podrá compartir ese título con el otro progenitor con el que forma una unidad familiar y que tenga a su cargo un hijo que sin estar dentro de este núcleo no tendría el título reconocido.
- Si después del divorcio ningún progenitor se vuelve a casar ni tiene más hijos, los dos seguirán compartiendo el número de título de familia numerosa inicial.
- Si alguno de los progenitores se vuelve a casa o tiene más hijos, los progenitores que formaron la familia numerosa y se separaron después dejarán de compartir el número de título y tendrán dos números de título distintos, (uno por cada unidad familiar). Los hijos/as comunes computarán en los dos títulos aunque solo aparecerán en uno de ellos.
Para tramitar las solicitudes de renovación y reconocimiento de la condición de familia numerosa en los casos de custodia compartida, hay que acudir a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad (OAMR), con cita previa en el teléfono de información 012 o mediante la Sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Tienes más información en este enlace de la Web del Gobierno de Murcia.
TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR
- Viajar embarazada, precauciones
- Permiso por cuidado de hijo lactante
- 10 pasos de la OMS para una lactancia materna exitosa
0 comentarios