Si te compraste un vehículo entre 2006 y 2013 es posible que el coche te costará la más de lo debido por un pacto ilegal de precios de fabricantes y concesionarios.

En 2015 y 2016, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) multó a 21 fabricantes de automóviles, 172 concesionarios y 2 consultoras, por intercambiar información confidencial para adoptar acuerdos de fijación de descuentos máximos.

Estos acuerdos en los precios de los coches supusieron un perjuicio para muchos compradores de coches que pagaron más de lo debido por los vehículos  que compraron al haberse restringido la competencia lo que impidió condiciones comerciales más interesantes o descuentos en la venta de coches

Cuando la CNCM impuso las sanciones, los sancionados recurrieron las resoluciones, primero ante la Audiencia Nacional y más recientemente ante el Tribunal Supremo Pero  ahora el Tribunal Supremo están desestimando los recursos y esto ha abierto una vía para que los compradores de coches afectados puedan reclamar una indemnización

Demanda colectiva para pedir indemnizaciones en los coches comprados entre 2006 y 2013

La OCU ha iniciado una acción colectiva de resarcimiento de daños para defender a los compradores de vehículos afectados por estos acuerdos contrarios a la competencia con el objetivo de poder recuperar entre el 10 y 15% del valor del coche. La cifra final dependerá de la fecha de compra, así como de la marca y modelo de automóvil.

Los afectados se pueden apuntar a la reclamación indicando su NIF sin tener que aportar documentación adicional ni provisión de fondos. Cuando la demanda llegue a su fin, los reclamantes abonarán un porcentaje del importe recuperado (todavía por definir)  que cubrirá todos los gastos de abogado, procurador y perito.

La OCU ha publicado en su web una calculadora para que los compradores puedan saber si están afectados o no por este pacto ilegal, ya que ni todos los vehículos ni todos los concesionarios participaron en estos acuerdos ilegítimos, pero sí una gran mayoría. Puedes consultarlo aquí.

También se puede reclamar aunque se haya vendido el vehículo o se haya heredado (acreditando la defunción y la herencia).

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

 

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comparte si te gusta