El 9 de agosto entran en vigor algunas de las nuevas medidas de ahorro energético aprobadas por el Gobierno el 1 de agosto. para reducir el consumo de energía en los recintos habitables acondicionados que se indican en el el apartado 2 de la I.T. 3.8.1 del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), con el objetivo de facilitar el cumplimiento de los compromisos europeos derivados del conflicto en Ucrania.

En qué lugares hay que aplicar las nuevas medidas de ahorro energético

Las  nuevas medidas de ahorro energético se tienen que aplicar en

  1. Los  edificios de uso administrativo
  2. Los  comercios: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares.
  3. Los lugares de pública concurrencia:
    -Restauración: bares, restaurantes y cafeterías
    – Lugares relacionados con el transporte de personas: estaciones y aeropuertos.
    -Espacios culturales:  teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares.
    – Establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Ese primer paquete de medidas urgentes para la eficiencia y el ahorro energético figura en un Real Decreto-Ley de medidas de sostenibilidad que también incluye una ayuda de 100 € mensuales para los beneficiarios de las becas del Ministerio de Educación en el curso 2022-22 y ayudas al transporte.

Se prevé que a finales de septiembre se aprueben más medidas de ahorro energético.

Las nuevas medidas de ahorro energético

Las medidas urgentes para la eficiencia y el ahorro energético figuran en el artículo «Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural,  publicado en el BOE del 2 de agosto y entran en vigor a los 7 días naturales de su publicación, esto es: el 9 de agosto.

Ahorro en el aire acondicionado

La refrigeración de los edificios administrativos, recintos públicos y comercios no se podrá poner por debajo de los 27 grados centígrados. Esto es no como muy bajo se podrá poner el aire acondicionado a 27 grados.

Ahorro en la calefacción

La calefacción de los edificios administrativos, recintos públicos y comercios no se podrá poner por encima de los 19 grados. es decir, como mucho se podrá poner la calefacción a 19 grados.

Medidas para favorecer el aprovechamiento de la energía

  • Las condiciones de temperatura de refrigeración y calefacción estarán referidas al mantenimiento de una humedad relativa comprendida entre el 30 % y el 70 %.
  • Para el 30 de septiembre, los edificios y locales con acceso desde la calle dispondrán de un sistema automático de cierre de puertas  (que podrá consistir en un sencillo brazo de cierre automático) para  impedir que se queden abiertas permanentemente, con el consiguiente despilfarro energético por las pérdidas de energía al exterior, independientemente de que el tipo de energía utilizada para generar calor y frío sea o no renovable.
  • En los edificios habrá que hacer una revisión extraordinaria de las calderas e instalaciones térmicas antes del 31 de diciembre de 2022, si no se ha hecho ninguna revisión desde enero de 2021, de forma que cuando empiece 2023 todas las instalaciones obligadas a cumplir estas nuevas normas hayan pasado por una inspección en los últimos dos años.
  • Los recintos afectados por esta norma deben informar, mediante carteles informativos o pantallas sobre las medidas que utilizan para contribuir al ahorro energético relativas a los valores límites de las temperaturas del aire, temperatura y humedad, apertura de puertas y regímenes de revisión y mantenimiento. Los carteles o pantallas  deben ser claramente visibles desde la entrada o acceso a los edificios y otras ubicaciones que establece en las instrucciones técnicas (I.T) Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

No obstante, en el Real Decreto se aclara que no tendrán que cumplir las limitaciones de temperatura los recintos que justifiquen la necesidad de mantener condiciones ambientales especiales o que dispongan de una normativa específica que así lo establezca, aunque en este caso debe existir una separación física entre el recinto con los locales contiguos que sí tengan la obligación de mantener las nuevas condiciones de temperatura.

Ahorro en la luz

  • Las luces de los escaparates se apagarán a las 10 de la noche.
  • El alumbrado de los  edificios públicos que a las 10 de la noche estén desocupados se apagará a las 10 de la noche

Obligatoriedad y sanciones

El incumplimiento de las nuevas medidas puede acarrear sanciones según lo dispuesto en los artículos 30 a 38 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, sobre infracciones administrativas.

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