Ya está abierto el plazo para pedir las ayudas de 500 €/ mes para las madres menores de 30 años en Madrid.
Las madres que cumplan los requisitos para recibir esta ayuda, cobrarán 500 € al mes desde el quinto mes de embarazo (21 semana de gestación) hasta que el bebé cumpla dos años. en total, la ayuda puede llegar a ser de 14.500 €.
La ayuda se incrementa en la misma cuantía por cada hijo adicional (por ejemplo, en caso de parto múltiple o embarazos muy seguidos) y se extiende también a los menores adoptados, con independencia de su edad.
- Una vez aprobada la solicitud, la madre tendrá derecho a la prestación desde el mes en el que la presentó y recibirá los 500 € mensualmente mediante de una transferencia bancaria.
- El pago de los 500 €se prolongará hasta el último día del mes en el que el menor cumpla los dos años excepto en el caso de las adopciones, en las que no tendrá en cuenta la edad del menor, sino que el plazo de abono de las 24 mensualidades empezará con la inscripción de la adopción en el Registro Civil.
Requisitos para pedir la ayuda para madres menores de 30 años en Madrid
Pueden optar a las ayudas las mujeres que desde el 1 de enero, estén en la semana 21 de embarazo o siguientes, y las mujeres que hayan tenido un hijo o adoptado a un menor a partir de esa fecha que cumplan unos requisitos de residencia y renta máxima
Además de tener menos de 30 años, las embarazadas o madres recientes tienen que haber estado empadronadas de forma ininterrumpida en la Comunidad de Madrid, durante al menos los 10 años previos a la fecha de solicitud, residir en la comunidad mientras cobren la ayuda y no superar los 30.000 € anuales de renta en tributación individual o 36.200 € en tributación conjunta.
La ayuda es compatible con otras ayudas a la maternidad que puedan ofrecer otras administraciones, como por ejemplo la deducción por madre trabajadora.
Cómo pedir la ayuda para madres menores de 30 años en Madrid
Las normas reguladoras y el procedimiento de concesión de la ayuda ya se han publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de MAdrid (BOCM) y en este enlace de web la Comunidad de Madrid donde figura de forma detallada toda la información general, requisitos y documentación que hay que aportar para pedir la ayuda
El formulario de solicitud está disponible en el mismo enlace en la web de la Comunidad de Madrid. La solicitud se puede presentar de diferentes formas
- Telemáticamente a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, si se dispone de DNI electrónico, o certificado electrónico
- Presencialmente, en un registro oficial de la administración autonómica.a través de los ayuntamientos adheridos a Ventanilla Única, y en las oficinas del Registro de la Administración General del Estado.
- Por correo certificado. En este caso se tendrá en cuenta como fecha de su solicitud la que conste en Registro.
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Hola!
Si he presentado declaración individual con resultado menor de 30.000 € pero los de la unidad familiar sí exceden los 36.200 €, ¿puedo solicitar la ayuda y no se tendrán en cuenta los ingresos de mi pareja? O el hecho de que si hubiera hecho conjunta habrían salido más de esos ingresos automáticametne me excluye?
Muchas gracias.
El requisito que ha puesto la Comunidad de Madrid para pedir no superar los 30.000 € anuales de renta en tributación individual o 36.200 € en tributación conjunta. Tienes toda la información y las respuestas a dudas frecuentes en este enlace de la comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/ayudas-economicas-natalidad.
Una ley que discrimina a toda mujer mayor de 30 años ( mujeres con problemas de fertilidad, postergacion de maternidad por motivos económicos o personales) es injusta.