Información `publicada inicialmente el 1 de enero de 2022 y actualizada en julio de 2023
La Comunidad de Madrid acaba de anunciar que ha ampliado la inversión para sus ayudas a la natalidad, lo que supone más fondos para las ayudas para las embarazadas menores de 30 años, madres menores de 30 años que hayan tenido un hijo o más y quienes que hayan adoptado un menor. Te cuento en qué consiste esta ayuda y cómo pedirla.
Las madres que cumplen los requisitos para recibir esta ayuda, cobran 500 € al mes desde el quinto mes de embarazo (21 semana de gestación) hasta que el bebé cumple dos años. En total, la ayuda puede llegar a ser de 14.500 €.
La ayuda se incrementa en la misma cuantía por cada hijo adicional (por ejemplo, en caso de parto múltiple o embarazos muy seguidos) y se extiende también a los menores adoptados, con independencia de su edad.
Estas ayudas de 500 €/ mes para las madres menores de 30 años en Madrid se pusieron en marcha en enero de 2022 y forman parte de la Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación de la Comunidad de Madrid para el periodo 2022/26. Puedes consultar las ayudas que hay para la maternidad en la web de la Comunidad de Madrid de ayudas a la maternidad
Requisitos para pedir la ayuda para madres menores de 30 años en Madrid
Pueden optar a las ayudas las mujeres desde la semana 21 de embarazo o siguientes, y las mujeres que tengan un hijo menor de dos años, nacido a partir de enero de 2022 o que hayan adoptado a un menor a partir de enero de 2022, que cumplan unos requisitos de renta máxima y residencia (que se han flexibilizado en enero de 2023)
Así, además de tener 30 años o menos, las embarazadas o madres recientes tienen que:
- Ser españolas o extranjeras con residencia legal en España
- Residir y estar empadronada/o en algún municipio de la Comunidad de Madrid, en el momento de la solicitud
- Tener 5 años de empadronamiento en la Comunidad de Madrid dentro de los últimos 10 años ( este requisito se ha flexibilizado en enero de 2023, inicialmente se pedían al menos 10 años de empadronamiento forma ininterrumpida en la Comunidad de Madrid previos a la fecha de solicitud).
- Residir en la comunidad mientras se reciba la ayuda.
- No superar los 30.000 € anuales de renta en tributación individual o 36.200 € en tributación conjunta.
La ayuda es compatible con otras ayudas a la maternidad que puedan ofrecer otras administraciones, como por ejemplo la deducción por maternidad.
Cómo pedir la ayuda para madres menores de 30 años en Madrid
La solicitud de la ayuda para madres menores de 30 años se puede presentar de diferentes formas
- Telemáticamente a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, si se dispone de DNI electrónico, o certificado electrónico
- Presencialmente, en un registro oficial de la administración autonómica, a través de los ayuntamientos adheridos a Ventanilla Única, y en las oficinas del Registro de la Administración General del Estado.
- Por correo certificado. En este caso se tendrá en cuenta como fecha de su solicitud la que conste en Registro.
El formulario de solicitud está disponible en el este enlace en la web de la Comunidad de Madrid.
Una vez aprobada la solicitud, la madre tendrá derecho a la prestación desde el mes en el que la presentó y recibirá los 500 € mensualmente mediante de una transferencia bancaria.
- Si la solicitud se hace durante el embarazo, la ayuda de 500 euros mensuales por hijo se recibirá desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud hasta el último día del mes en el que se cumplan 24 meses desde la fecha de parto. Por lo tanto, si la ayuda se pide en la semana 21 de embarazo, la ayuda puede alcanzar los 14.500 €.
- Si la solicitud se hace cuando ya ha nacido el bebé, la ayuda de 500 euros mensuales por hijo se recibirá desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud, hasta el último día del mes en el que el menor cumpla los 24 meses.
- Si la solicitud se hace por una adopción, no se tienen cuenta la edad del menor. La ayuda de 500 euros mensuales por hijo se recibirá desde la fecha de presentación de la solicitud, hasta el último día del mes en el que se cumplan 24 meses desde la fecha de inscripción de la adopción en el Registro Civil, independientemente de la edad del menor adoptado.
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Hola!
Si he presentado declaración individual con resultado menor de 30.000 € pero los de la unidad familiar sí exceden los 36.200 €, ¿puedo solicitar la ayuda y no se tendrán en cuenta los ingresos de mi pareja? O el hecho de que si hubiera hecho conjunta habrían salido más de esos ingresos automáticametne me excluye?
Muchas gracias.
El requisito que ha puesto la Comunidad de Madrid para pedir no superar los 30.000 € anuales de renta en tributación individual o 36.200 € en tributación conjunta.
si está registrado en un municipio de fuera de la CAM, pero se empadrona el bebe en un municipio de la CAM ya e cumplen el resto de requisitos. dejarías de cumplir los requisitos?
En 2023 el requisito se residencia se ha flexibilizado y ahora será suficiente con acreditar 5 años de empadronamiento no consecutivo dentro de los últimos 10 años, en lugar de los 5 últimos ininterrumpidos como hasta ahora.
Una ley que discrimina a toda mujer mayor de 30 años ( mujeres con problemas de fertilidad, postergacion de maternidad por motivos económicos o personales) es injusta.