El 4 de noviembre se abre el plazo para pedir las ayudas al alquiler en Madrid en 2025 para jóvenes, mayores de 65 años y familias vulnerables

La ayuda subvenciona el 50% de la renta de alquiler durante un año, siempre que (la renta no supere los 600 a 900 € al mes para el alquiler de pisos o casas y de 300 a 450 € para el alquiler de habitaciones.

La ayuda está destinada a los menores de 35 años, mayores de 65 años y determinados sectores de población (familias numerosas, familias monoparentales, familias en desempleo,personas con discapacidad, etc.) que no superen unos niveles de renta.

1. Requisitos para obtener las ayudas al alquiler en Madrid en 2024 

Las bases de la convocatoria establecen los mismos requisitos que hubo en las ayudas al alquiler en Madrid en 2024

1.Ser menor de 35 años, mayor de 65 años, familia numerosa, familia monoparental, persona con discapacidad, familia en desempleo o víctima de situación grave

Las ayudas están destinadas a los titulares de un contrato de alquiler en la Comunidad de Madrid, tanto de vivienda como habitación, que sea domicilio habitual de:

  • Menores de 35 años (todos los que conviven)
  • Mayores de 65 años (todos los que conviven)
  • Familias numerosas.
  • Familias monoparentales con cargas familiares.
  • En desempleo y sin prestaciones (todos los que conviven)
  • Familias con personas con discapacidad.
  • Unidades de convivencia con víctimas de violencia de género.
  • Unidades de convivencia con víctimas  de terrorismo.

2. Los ingresos de quienes  residen en la vivienda alquilada no pueden superar  tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) ,cuatro veces  para las familias numerosas de categoría general y víctimas de terrorismo y cinco veces  para las familias numerosas de categoría especial y personas con discapacidad.

3. Tener nacionalidad española o estancia o residencia regular en España

4. No tener una vivienda en propiedad o usufructo en España, salvo que sea parte de una herencia, o que no se pueda usar por una causa razonable como  un  divorcio, discapacidad que impida usarla, etc.

5. No se puede  tener parentesco en primer o segundo grado con el propietario de la vivienda

6. La mensualidad de alquiler no puede superar  600 € mes por vivienda o 300 €/mes por habitación,  o  900 €/mes por vivienda y 450 €/mes por habitación en el caso de ser familia numerosa o de que la vivienda este en un estos municipios donde los precios son superiores. Tienes más información en este enlace de la comunidad de Madrid

La ayuda es compatible con el Bono Alquiler Joven. En este caso, el importe de la ayuda será de hasta el 40 % de la cantidad resultante de restar a la renta mensual de alquiler los 250 € del Bono Alquiler Joven, siempre que la suma de ambas ayudas no puede superar 75 % del importe de la renta de alquiler.

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