El Congreso de los Diputados ya ha convalidado el Real Decreto-ley 2/2023, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. La reforma de las pensiones permite escoger entre dos opciones para calcular la base reguladora que determina la pensión de jubilación.

Entre otras cosas, el Real Decreto-ley contempla la puesta en marcha de un régimen dual del periodo de cómputo para calcular la base reguladora con la que se determina la pensión de jubilación, dependiendo cuál de las dos beneficie más al trabajador.

Las dos opciones para calcular la base reguladora que determina la pensión de jubilación

Para calcular la base reguladora que determina la pensión de jubilación se puede usar:

  • La opción que se está usando actualmente, es decir los 25 últimos años.
  • Una nueva opción que tiene en cuenta los 29 últimos años de carrera, descartando los 24 meses (2 años) peores, es decir, computando 27 años de cotizaciones. Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (MISMM), estas medidas beneficiarán a las personas con carreras profesionales más irregulares y las personas que se quedan del mercado laboral prematuramente.

La Seguridad Social decidirá de oficio, en el momento de jubilación de cada trabajador, qué periodo de cálculo resulta más beneficios y supone una mayor pensión.

La nueva opción (29 años descontando los 24 peores meses) se desplegará progresivamente durante 12 años a partir de 2026. Desde entonces, cada año -hasta 2037-, el número de años a tener en cuenta aumentará en cuatro meses y las mensualidades que se pueden descartar se incrementarán dos meses.

El año 2037 será el primero en el que esté plenamente vigente el nuevo sistema. Luego habrá unos años de transición y a partir de 2044, la base reguladora se calculará con 29 años cotizados, desechando los 24 peores meses.

Los becarios y alumnos en prácticas cotizarán

Además, con la reforma de las pensiones se incluye en el sistema de Seguridad Social a los alumnos que realicen prácticas formativas y académicas incluidas en programas de formación. Esto incluye las prácticas realizadas por alumnos de FP, siempre no se presten en el régimen de formación profesional intensiva, y las prácticas realizadas por universitarios, tanto las dirigidas a obtener titulaciones oficiales de grado, máster y doctorado, como las dirigidas a obtener  de un título propio de la universidad: máster de formación permanente o diploma de especialización o diploma de experto. En las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes se les aplicará una reducción del 95%.

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