En principio, todas las ayudas y subvenciones se deben declarar salvo que estén explicitamente exentas (como ocurre con las ayudas por la DANA y otras ayudas por catástrofes o con las becas de Educación).
En las ayudas que se deben declarar hay dos tipos
- Las ayudas públicas se consideran un incremento de patrimonio y por lo tanto, tienen que tributar: En este caso, no es obligatorio hacer la declaración de la renta por haber cobrado ayudas, pero si se presenta la renta hay que declarar las ayudas y tributar por ellas.
- 1.1 Bono térmico
- 1.2. Bono cultural
- 1.3 Bono alquiler joven y otras ayudas públicas al alquiler
- 1.4 Ayudas para la compra o rehabilitación de vivienda habitual
- 1.5 Subvenciones para mejoras energéticas y de movilidad en las viviendas
- 1.6 Ayudas del plan MOVES
2. Ayudas públicas que no tributan pero que obligan a presentar la declaración de la renta a todos los que los perciben, incluso a los menores de edad, aunque no se alcancen los ingresos mínimos que harían obligatorio hacer la declaración
- 2.1 Ingreso Mínimo Vital
- 2.2 Ayuda a la Infancia
- 2.3 Ayuda de 200 euros
Las ayudas que hay que incluir en la declaración de la renta
1. Ayudas públicas que se consideran un incremento de patrimonio
Las ayudas públicas y privada que se consideran incremento de patrimonio, deben tributar como ganancias patrimoniales en la base imponible general y por lo tanto se tienen que poner los importes en las casillas de la declaración de la renta correspondientes
:Las principales ayudas públicas que hay que incluir son:
1.1 Bono térmico
El bono térmico (una ayuda para la calefacción y el agua caliente que se da a todos los beneficiarios del bono social de la luz a 31 de diciembre del año anterior, se debe incluir en la casilla 0362: Subvenciones y ayudas para compensar gastos energéticos
1.2. Bono cultural joven
El bono cultural joven, una ayuda de 400 € para gastos en ocio cultural que se da a los jóvenes el año que cumplen 18 años se tiene que declarar en la casilla 323, específica para esta ayuda . La tienen que declarar, por tanto, los nacidos en 2007 que han recibido la ayuda, siempre y cuando hagan la declaración. Si no la hacen esta ayuda no se declara (no se traspasa a los padres).
1.3 Bono alquiler joven
El bono alquiler joven, una ayuda al alquiler que se da -a través de las comunidades autónomas a los menores de 35 años que cumplen unos requisitos económicos se declara en la casilla 303, al igual que otras ayudas públicas al alquiler.
1.4 Ayudas a la compra o rehabilitación de vivienda habitual
Importe imputado en 2025o de las subvenciones por adquisición de viviendas de protección oficial o precio tasado se incluye en la casilla 0299
Las ayudas a rehabilitación de vivienda habitual (reparación de defectos estructurales, etc.) se incluyen en la casilla 0300.
1.5 .5 Subvenciones para mejoras energéticas y de movilidad
Las subvenciones para mejoras energéticas en la vivienda: cambio de ventanas, Plan renove de electrodomésticos de las comunidades autónomas, instalación de rampas, ascensores, etc, se incluyen en la casilla 0301.
1.6 Ayudas del Plan MOVES
Las ayudas del Plan MOVES, para compra de coche eléctrico, instalación de punto de recarga, etc, cuando los beneficiarios son contribuyentes del IRPF que no realizan ninguna actividad económica se incluye en la casilla 301 Demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, importe imputable a 2025
***OJO Además de las ayudas, también se considera aumento de patrimonio El valor de los premios que se hayan podido ganar en concursos, sorteos, etc, Hay que tributar por ellos, en el deben declararse en el epígrafe F1 de la declaración
2.Ayudas públicas que no tributan pero que obligan a presentar la declaración de la renta
Hay algunas ayudas públicas que no tributan pero obligan a presentar la declaración de la renta a quien la recibe, incluidos los menores, aunque no resultara obligatorio hacerla de no cobrar la ayuda.
Estas ayudas son
2.1 El Ingreso Mínimo Vital
Ojo, todos los miembros de la unidad de Convivencia de la persona que ha cobrado el ingreso mínimo vital (IMV) en 2025 tienen que presentar la declaración de la renta, con independencia de la cuantía de sus ingresos, incluidos los menores. Más abajo, en el apartado Complemento de ayuda a la infancia te cuento más.
Como el IMV es una renta exenta, normalmente no hay que incluirlo en la declaración (salvo que se reciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social como la renta mínima de inserción, que sumadas al IMV superen los 12.600 euros, en cuyo caso hay que tributar por el exceso).
En la mayoría de supuestos, la declaración de la renta muy sencilla, sin ingresos que incorporar y se puede hacer mediante el sistema Renta Directa de Hacienda’, que permite presentar rápidamente la declaración de la renta a quienes no tienen que hacer cambios en el borrador
2.2 La ayuda a la infancia
El complemento de ayuda a la infancia (una ayuda mensual por hijo para familias con bajos ingresos) no tributa en el IRPF, pero obliga a hacer la declaración porque se considera un complemento por hijo del Ingreso Mínimo Vital, aunque no se alcancen los ingresos mínimos para tener que hacer la declaración de la renta del 2024.
Si los padres están casado, la Agencia Tributaria aconseja presentar una declaración conjunta con los menores y cuando los progenitores estén casados. Si no lo están, solo uno de los dos padres podrá hacer la declaración de la renta conjunta con los hijos, igual que ocurre con la renta los padres separados y, el otro tendrá que hacer una declaración individual. Tienes más información en el post Cómo hacer la declaración de la renta si cobras la ayuda a la infancia
El dinero obtenido aparece en los datos fiscales pero no en el borrador de la rente, porque el sistema lo gestiona como renta exenta.
2.3 La ayuda de 200 euros
La «Ayuda de 200 euros a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio» regulada en el artículo artículo 74 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre se incluye en la casilla 0356,
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