Dependiendo de su renta, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital  pueden tener derecho a un complemento de ayuda a la infancia.  Esta prestación, que tiene como objetivo proteger a los más vulnerables,  también se puede pedir si no se cobra  el Ingreso Mínimo Vital y se cumplen los requisitos que te explico más adelante..

El importe de la ayuda depende del número de menores que forman parte de la unidad de convivencia y la edad de estos con fecha 1 de enero del año correspondiente. Los importes de 2022 son:

  • 100 euros por cada menor de 3 años.
  • 70 euros por cada menor de 3 a 6 años.
  • 50 euros cada menor de 6 a 18 años.

Tienes información actualizada sobre 2023 en el artículo Requisitos para cobrar el complemento de ayuda a la infancia

¿Cuándo se cobra la ayuda a la infancia?

Para poder cobrar o pedir la ayuda a la infancia no se pueden superar unos  límites de ingresos computables, patrimonio neto y test de activos (diferencia entre los ingresos mensuales que tenga la persona o la unidad de convivencia y la renta garantizada por el IMV para cada caso), que son

  • No superar el 300% de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar. Por ejemplo, en un hogar con dos adultos y dos menores, la cantidad es de 2022  es de 33.627,32 al año.
  • No superar el 150% del umbral de patrimonio correspondiente a su tipo de hogar. Por ejemplo, en un hogar con dos adultos y dos menores, la valor del patrimonio no puede superar los 58.406,04 €.
  • No superar 6 veces la renta garantizada. Por ejemplo, en un hogar con dos adultos y dos menores, el test de activos no puede superar los 77.874,72€.

¿Cómo saber si tengo derecho a la ayuda a la infancia?

Para saber si se tiene derecho a la prestación, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene un simulador que también se puede utilizar para saber si se tiene derecho a cobrar  el IMV. Se puedes acceder en este enlace.

Cómo pedir la ayuda a la infancia

Los perceptores del ingreso mínimo vital no tienen que pedir la ayuda a la infancia, sino que esta se les concede automáticamente  cuandocumplen los requisitos.

Si no se cumplen los requisitos para recibir el IMV, pero sí los requisitos para cobrar la ayuda a la infancia, hay que presentar una solicitud, igual que se hacer al  pedir el ingreso mínimo vital a través del formulario on ine del IMV de la Seguridad Social:

La solicitud se puede hacer con DNI electrónico, certificado electrónico, usuario Clave, que hace que sea más rápida, pero también existe la posiblidad de realizar on line sin identificarse electrónicamente con un sistema que tiene la Seguridad Social y que te explico aquí.

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