Con los presupuestos en fase de tramitación y varias negociaciones rotas en torno a la cuota de autónomas en 2026, lel Gobierno ha optado por prorrogar el sistema de fases y tramos, basado en los rendimientos netos  que se puso en marcha en 2023, hasta que se retomen las negociaciones. La prórroga de las cuotas de autónomos para 2026 se aprobó en un Consejo de Ministros y está recogida en el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social.

En concreto el Real Decreto dice que «Durante el año 2026, la tabla general y la tabla reducida aplicables a los diferentes tramos de rendimientos netos, para las personas trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, serán las previstas en la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos «.

Esto significa que, de momento ,se mantienen los 15 tramos de cotización por ingresos netos estimados y se prorrogan las cuotas, de forma que no suben en 2026, aunque todavía falta la publicación en el BOE con todas las tablas completas (como exige la ley del sistema de cotización por ingresos reales).

Cómo calcular la cuota de autónomos en 2026

Para que los autónomos pueden saber la cuota que les puede corresponder con el sistema de cotización por rendimientos netos, la Seguridad Social tiene un simulador para calcular la cuota de autónomos en 2026 en función de los rendimientos previstos. Los pasos para calcular la cuota de autónomos en 2026 son:

1. Elegir primero el tramo en el que se encuentran los rendimientos netos que se esperan obtener.

  • Los rendimientos netos se calculan restando a los ingresos los gastos deducibles que tienen que estar justificados y relacionados con la actividad,(alquiler de un local, fibra para internet, luz, transporte en su caso, cuota de autónomo, material, gestoría, etc.). A estos rendimientos netos, se aplica después una deducción por gastos genéricos del 7% o del 3% e en el caso de socios de sociedades de capital o socios trabajadores de las sociedades laborales, que hayan estado de alta como autónomos 90 días en el año.

2. Una vez que se eligen los rendimientos netos, el simulador muestra la cuota mínima y máxima para cada base de cotización. La cantidad que se elige determina  la base de cotización y la cuantía de tus futuras prestaciones.

Por ejemplo, en el tramo más bajo ( ingreso mensuales por debajo de 670 euros) se puede pagar una cuota que va de 205,92 euros/ al mes a 226,47 euros/mes.

  • Si se pagan 205,92 la base de cotización es 653,59 €..
  • Si se pagan 226,47, la base de cotización es 718,94 €.

Además, en el mismo enlace de la Seguridad Social se pueden comprobar las prestaciones a las que se tiene derecho, en función de la base de cotización

Regularización anual de la cuota de autónomos

A lo largo del año, los autónomos pueden cambiar su cuota en función de su previsión de ingresos netos hasta seis veces. Al final del ejercicio fiscal (el año natural)  y cuando se conocen los rendimientos netos anuales, la Seguridad Social regulariza las cotizaciones y o bien, devuelve el exceso de cuotas si el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o bien, reclama lo que falta de las cuotas si el tramo de rendimientos netos definitivos está por  encima del que se indicó en las previsiones.

Es decir

  • Si los ingresos anuales han sido menores de los previsto,habrá na devolución de cuotas.
  • Si son mayores, habrá que pagar la diferencia.

Es una regularización de oificio, el trabajador autónomo no tiene que hacer nada, aunque puede descargar el informe en su usuario del portal importass de la Seguridad Social (todavía no está el informe de 2025).

En el portal Importass, los autónomos pueden darse de alta o baja, modificar sus datos, adjuntar documentación, consultar recibos o  pedir la vida laboral.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

 

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comparte si te gusta