Retrasos, cancelaciones, pérdida de equipaje… En los viajes en avión pueden surgir imprevistos que causen un perjuicio a los pasajeros. Por si ocurren conviene conocer los derechos de los pasajeros de avión
Retrasos de vuelos y cancelaciones
Cuando un vuelo se retrasa las compañías están obligadas a ofrecer a los pasajeros comida, bebidas y llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico,es lo que se conoce como «derecho de atención». Además, sSi los pasajeros tienen que hacer noche o hay que reubicarles en otros trasportes, la compañía aerea también debe costear el alojamiento y transporte.
Según indica en su web la Agencia Estatal de Seguridad Áerea de AENA el·derecho de atención, en en el caso de retraso de un vuelo está condicionado a los siguientes límites temporales en función de la distancia del vuelo:
- Vuelos de hasta 1500 km, se aplica si hay más de 2 horas de retraso.
- Vuelos de 1.500 a 3.500 km (o vuelo dentro de la UE de más de 1.500 km), se aplica si hay más de 3 horas de retraso.
- Vuelos de más de 3.500 km, se aplica si hay más de 4 horas de retraso.
Según indica la OCU cuando un vuelo se cancela, la compañía tiene que reembolsar el importe del billete en un máximo de 7 días desde la cancelación. También se puede pedir el reembolso si se retrasa más de cinco horas, salvo que el pasajero acepte un transporte alternativo
Además del reembolso del precio del billete hay una compensación económica. El importe depende del trayecto
- En trayectos de hasta 1.500 km: la compensación es de 250 € (125 si la aerolínea da la opción de viajar al destino con una demora de no más de 2 horas).
- En trayectos de entre 1.500 y 3.500 km (o vuelo dentro de la UE de más de 1.500 km): 400 € (200 la aerolínea da la opción de viajar al destino con una demora de no más de 3 horas).
- En trayectos de 500 km o fuera de la UE: 600€ (300 la aerolínea da la opción de viajar al destino con una demora de no más de 4 horas).
Pérdida de equipaje
En caso de pérdida del equipaje o retraso en la entrega de este, se puede pedir una indemnización. l
Según la web de Consumo de la Comunida de Madrid, el Convenio de Montreal establece un límite máximo de las indemnizaciones que fija la responsabilidad de la compañía por destrucción, pérdida, avería o retraso dea 1.519 derechos especiales de giro (D.E.G.) por pasajero. El valor del Derecho Especial de Giro (D.E.G) es s la combinación de cinco monedas internacionales: el euro, la libra, el dólar y el yen japonés y el renminbi chino.
Ahora bien hay que reclamar la pérdida de equipaje en el mostrador de la compañía antes de abandonar el aeropuerto. Si a pérdida o el retraso se produce fuera de su lugar de residencia, conviene conservar los tiquets de compra de ropa o artículos de aseo, para la futura reclamación.
Si se llevan objetos de valor en la maleta, antes de embaracar se puede hacer una declaración del equipaje, pagando un suplemento.
Los plazos para reclamar son de
- Hasta 7 días siguientes a la entrega del equipaje para reclamar por deterioro de equipaje.
- HAsta 21 días para reclamar el retraso en la entrega del equipaje.
- No hay un plazo límite para reclamar la pérdida de equipaje, pero es conveniente hacerlo cuanto antes.A partir de los 21 días de retraso la maleta se considera pérdida.
Muchos seguros de viaje, cubren la pérdida o deterioro de equipaje. La compensación es ndependientes de la indemnización de la compañía.
Embarazadas, bebés, niños y personas con movilidad reducida en el avión
Embarazadas en avión
Generalmente, se permite viajar libremente en avión a las embarazadas hasta la semana 28. A partir de esa semana de embarazo, muchas aerolineas piden un certificado médico que especifique que no hay contraindicaciones para viajar en avión. En el Manual Médico de la IATA (Asociación de Transporte Aéreo Internacional) aconseja no volar semana 36 de embarazo (32 semanas en los embarazos múltiples).
Los bebés en avión
En principio, se puede viajar con un bebé recién nacido en el avión a la semana del parto. Hasta los 24 meses, los bebés pueden ir en los brazos de los padres con un cinturón especial, pagando . un pequeño porcentaje del billete. Si ocupan asiento porque van unp ortabebés homologado y marcado con el sello TÜV-Rheinlandq suelen pagar tarifas especiales.
Niños en el avión
Los menores de 12 años tienen derecho ir sentados junto a uno de sus padres sin pagar un suplemento por ello
A partir de los 12 años, los niños pueden viajar solos en el avión con el pasaporte o DNI. Si el vuelo es nacional, los menores de 14 años tienen llevar una autorización de los padres. Si es internacional , los menores de 18 años tienen que llevar .un permiso de viaje para menores firmado por los dos padres, que se pide en una comisaría de policía. Algunas aerolineas ofrecen un servicio de acompañamiento de menores para los viajes en avión.
Hasta los 14 años, los menores pueden viajar sin DNI en vuelos domésticos dentro de España si van con un adulto responsable que está en la misma reserva, aunque por si acaso conviene llevar el Libro de Familia, o el certificado de nacimiento para verificar la identidad.
En los vuelos internacionales – y en los nacionales con escala internacional- todos los menores deben llevar DNI o pasaporte, además de la documentacion que se pueda pedir en el país de destino
Personas con discapacidad en el avión
Las personas con discapacidad o movilidad reducida debe recibir una asistencia especial en los aeropuertos y en los vuelos Para ello deben solicitarle al tramitar el billete.
Las embarazadas, bebés,niños que viajan solos y las personas con discapacidad o movilidad reducida.tienen preferenica de embarque. Tienes más información en el post Derechos de los pasajeros especiales en el avión.
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