En la Comunidad de Madrid, los médicos de los centros de salud ya tramitan los partes de baja por teléfono para evitar que la familia o el paciente tenga que acudir al centro de salud.

La tramitación telefónica de los partes de Incapacidad Temporal (IT), los partes de confirmación y las altas se realiza tanto con pacientes afectados por coronavirus como en el resto de patologías

De esta forma ni los familiares  no tienen que acudir personalmente al centro de salud a retirar las bajas o confirmaciones

Y en caso de alta, el propio afectado tampoco tienen que acudir presencialmente al Centro de Salud para retirar el documento.

Baja por coronavirus por teléfono

La tramitación del parte de baja o confirmación se realiza una vez que, por contacto telefónico, el médico de familia valora el estado de salud del paciente.

El objetivo es reducir así el riesgo de transmisión del coronavirus (COVID-19).

Baja por enfermedad común que se cobra como enfermedad laboral

Cuando el parte de baja se da por un caso confirmado de coronavirus o paciente en aislamiento, el médico de familia consigna en su sistema informático el parte como “enfermedad común”, pero a efectos económicos la baja por coronavirus se considera “enfermedad laboral o profesional, es decir se cobra un 75% desde el primer día de la baja

 

 

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