Las personas que han cobrado el ingreso mínimo vital en 2023 tienen obligación de hacer la declaración de la renta para declarar esta ayuda. La obligación se extiende a quienes hayan percibido el  complemento de ayuda a la infancia, ya que se regular en la misma ley que el ingreso mínimo vital. Ojo cuando alguno de los progenitores cobra el complemento de ayuda a la infancia no se puede aplicar la deducción por maternidad, salvo que tuviera derecho a esto antes del 1 de enero de 2023.

Además, hay otras ayudas que hay que declarar en la renta de 2023 en el caso de que hay obligación de realizar la declaración de la renta de 2023, por ejemplo por haber obtenido más de 1.000 € en 2023, de ganancias patrimoniales se decida hacerla, ya que es muy probable que quienes hayan recibido la ayuda de 200 €, que se  convocó a principios de 2023 para las personas vulnerables, no hayan tenido suficientes ingresos para estar obligados a hacer la declaración de la renta , y lo mismo ocurre con los jóvenes que cumplieron 18 años en 2023 y recibieron el bono cultural de 400 €.

¿Qué ayudas hay que incluir en la declaración de la renta de 2023?

Estas son las ayudas que hay que declarar en la renta, aunque no es obligatorio hacer la renta por recibir alguna de ellas.

Cómo declarar el bono térmico y demás ayudas al hacer la renta de 2023

El bono térmico y el resto de las ayudas sociales se consideran  una ganancia patrimonial y por lo tanto, al hacer la declaración de la renta hay que incluirlas en la base imponible general en la casilla 0301.

Las ayudas por nacimiento están exentas

Las prestaciones y ayudas familiares de las administraciones públicas (Estado, comunidades autónomas y ayuntamientos) por nacimiento, adopción, acogimiento o cuidado de hijos menores no están sujetas al IRPF, tal y como se recoge en el artículo 7Z de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Tampoco hay que declarar las becas del Ministerio de Educación.

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