El Gobierno ha aprobado una nueva prórroga de los ERTE hasta el 28 de febrero de 2022. Las nuevas medidas figuran en el  Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo, que es el  sexto Real Decreto acordado con las organizaciones sindicales y patronales desde el inicio de la pandemia por COVID-19 para proteger el empleo y el tejido productivo.

En esta ocasión, con los ERTE se busca promover la formación para cualificar a los trabajadores  y mejorar su empleabilidad. Por ello, las empresas que realicen acciones formativas tendrán mayores exenciones (de hasta el 80%) en las cotizaciones a la Seguridad Social.

  • Por un lado, se prorrogan los ERTE en sus modalidades actuales hasta el 31 de octubre de 2021.
  • Por otro, desde el 1 de noviembre habrá ayudas para una nueva modalidad de ERTE ligado a la formación del trabajador para ayudar a minimizar el desempleo.

Los nuevos ERTES de formación

Las empresas que quieran aplicar las nuevas modalidades de ERTE de formación, que tendrán vigencia del 1 de noviembre al 28 de febrero de 2022, deben solicitarlos ante la autoridad laboral competente entre el 1 y el 15 de octubre.

Ayudas a la formación

Las empresas que formen a personas afectadas por este tipo de ERTE tendrán derecho al incremento del crédito para la financiación para actividades formativas, en función de su tamaño:

  • De 1 a 9 personas trabajadoras: 160 € por persona
  • De 10 a 49 personas trabajadoras trabajadores: 240 € por persona
  • De 50 o más personas: 320 € por persona

Ayudas en la cotización a la Seguridad Social

Las exoneración de las cotizaciones a la Seguridad Social aumentarán en en función del tamaño de la empresa y de las acciones formativas.

  • En las empresas de menos de 10 trabajadores, las exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social alcanzarán el 80% si realizan acciones formativas y el 50% para el resto
  • En las empresas de 10 o más trabajadores, habrá una exoneración del 80% si se realizan acciones formativas, y del 40% en el resto de los casos.

Requisitos de la formación

  • En las empresas de 10 a 49 trabajadores, el número mínimo de horas de formación de los trabajadores debe ser de 30.
  • A partir de 50 trabajadores el número mínimo de horas de formación de los trabajadores debe ser de 40.

Las actividades deben desarrollarse durante la jornada suspendida.

Ertes de impedimento

Se mantienen los ERTE de impedimento, vinculados a las limitaciones de actividad, que podrán solicitarse por restricciones administrativas asociadas al COVID-19.

Las empresas que esté en esa situación tendrán una exoneración del 100% de la aportación empresarial devengada a partir de noviembre de 2021, durante el periodo de cierre, y hasta el 28 de febrero

Protección a los trabajadoras en ERTE

Los trabajadores acogidos a ERTE seguirán disfrutando de la exención del periodo de carencia para acceder a la prestación por desempleo. y del denominado «contador a cero» , que se amplía de manera extraordinaria hasta el 1 de enero de 2023. Es decir, lo que se haya cobrado durante el ERTE no restará a lo acumulado en la prestación por desempleo.

Las bases reguladoras de los trabajadoras sobre las que se calculan las prestaciones, se incrementan del 50 al 70% para los beneficiaros que hayan consumido 180 días.

Además:

  • Las empresas acogidas a estos ERTE tendrán que respetar restricciones en el acceso a las horas extraordinarias y en las externalizaciones de la actividad.
  • Se extiende la prohibición del despido mientras dure la norma y se interrumpe el cómputo de la duración máxima de los contratos temporales para las personas acogidas a ERTE.
  • El compromiso de mantenimiento del empleo contará con un nuevo periodo adicional de 6 meses.
  • Se prórroga del plan MECUIDA y la prestación extraordinaria para los profesionales de las artes hasta el 28 de febrero de 2022

ERTE específico para Canarias

Además habrá un ERTE específico para las empresas Canarias afectadas por la erupción volcán en La Palma, con porcentajes de exoneración del 100% en caso de impedimento y del 90% en caso de limitación de actividad.

Prestación extraordinaria en el sector turístico

Los trabajadores fijos-discontinuos del sector turístico, especialmente en Baleares, podrán solicitar una prestación extraordinaria, ya que la temporada turística de este año, todavía afectada por la pandemia, no ha permitido a muchos de ellos obtener el tiempo de cotización suficiente para poder devengar prestaciones sociales o acceder a mecanismos de protección social.

 

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