El Ministerio de Consumo ha puesto en marcha una web con los pasos que hay que seguir para lograr o reclamar el reembolso de los servicios no recibidos por el Covid-19

Y es que la cuarentena y el parón económico que ha supuesto el Estado de Alarma por el Covid-19 no solo ha afectado a nuestros bolsillos por los ERTES y cierre de negocios, sino también también por la pérdida de actividades y servicios ya pagados que no se han podido disfrutar y en los que parece que está costando mucho obtener  el reembolso del dinero pagado por as peculiares circunstancias de  esta crisis sanitaria y económica.

Vuelos cancelados por el Covid-19: tienes derecho el reembolso

Poco después de empezar el Estado de Alarma, el Gobierno aprobó  algunas medidas proteger los derechos de los consumidores en la prestación de servicios y viajes contratados durante la pandemia por coronavirus. Entonces, se planteó diferentes alternativas para poder recuperar el dinero pagado, como la posibilidad de cambiar la devolución del dinero por un  bono de viaje por el importe equivalente (manteniendo el derecho de reembolso en caso de no utilizarlo) en el caso de las agencias de viaje o de recuperar más adelante  clases no recibidas en el mes de marzo que ya estaban pagadas, en el caso de las academias y gimnasios.

Pero el Estado de Alarma se ha alargado más de lo previsto inicialmente y la realidad es que muchas personas tienen pagados desde hace tres meses o más servicios que no han recibido y por los que todavía no han obtenido ninguna compensación.

En la mayoría de los sectores, las gestiones para devolver el dinero son lentas dado el alto número de afectados y en algunos casos, además, se han detectado que no se estaba dando la información correcta al consumidor. Recientemente, el Gobierno tuvo que recordar a las compañías aéreas que el consumidor tiene derecho a elegir entre la devolución y el bono y que esto se debe indicar de forma clara la tramitar la reclamación.

Una web indica los pasos a seguir para lograr o reclamar el reembolso en cada caso

Con el objetivo de ayudar a los consumidores a lograr o reclamar el reembolso de viajes, espectáculos o servicios no recibidos por el Covid-19, el Ministerio de Consumo ha creado una web donde se pueden conocer los derechos del consumidor en cada caso concreto y los pasos a seguir para pedir la devolución del dinero por el servicio no prestado y si no se obtuviera para presentar una reclamación.

Para ello, nada más entrar en la web hay que elegir el sector con el que está relacionado la consulta

  • Viajes
  • Espectáculos (cine, teatros, conciertos..)
  • Servicios (guardería, gimnasios, academias, residencias de estudiantes)
  • Seguros (aquí se diferencia el seguro médico de otros tipos de seguros)
  • Compras por internet no recibidas
  • Otros (desde este enlace se deriva a las diferentes organismos de Consumo de las Comunidades autónomas)

Después, respondiendo a una serie de preguntas basadas en centenares de supuestos, al navegar en la web se recibe la información necesaria sobre los derechos que existen en cada situación y las instancias donde hay que presentar una reclamación en caso de que sea necesario.

Por ejemplo, si se siguen los pasos para saber  qué hacer si todavía no se ha recibido la devolución del importe de un vuelo porque la compañía lo ha cancelado, la web  informa que «la compañía aérea tiene un plazo de 7 días para realizar la devolución del billete u ofrecer un vuelo alternativo o un bono equivalente» (el consumidor puede elegir qué prefiere).

Sin embargo, dado el elevado número de reclamaciones, la realidad es que estos plazos no se están cumpliendo. Para estos casos, la web da diferentes opciones para presentar una reclamación ante  la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Plazos de ejercicio de derechos

Según indican desde el Ministerio de Consumo, la puesta en marcha de la web coincide con el inicio del plazo para que consumidores y usuarios puedan volver a realizar acciones sometidas a un tiempo determinado como ocurre con el derecho de desistimiento en las compras online. Así, el plazo para desistir de  compras realizadas antes del estado de alarma se reactiva desde hoy, 4 de junio, con los días que quedarán pendientes a fecha 14 de marzo para que los plazos correspondientes concluyesen.

A partir del 4 de junio, también comienzan a contar los 14 días naturales previstos en el artículo 36 del Real Decreto-ley 11/2020 para la resolución de contratos. Esta norma establece que si, como consecuencia del estado de alarma, no se han podido ejecutar contratos de compraventa de bienes o de prestación de servicios, los consumidores y usuarios tienen derecho a resolver el contrato en un plazo de 14 días naturales. Este plazo afecta a los contratos no ejecutados desde la declaración del estado de alarma y hasta la fecha.

Por otro lado, con  la aprobación del Real Decreto 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la Covid-19, también quedaron suspendidos los plazos de devoluciones de productos y servicios. Estos plazos, sin embargo, siguen suspendidos y los consumidores que pretendan hacer una devolución seguirán teniendo este derecho aún vigente.

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