El día 2 de abril se abre el plazo para presentar la declaración de la renta de 2018. Este año hay nuevas deducciones para las familias en la renta. Te los cuento todas las novedades para que se no se te pase ninguna.
Cambios en las deducciones para las familias en la Renta 2018
1. Baja maternal y permiso de paternidad exentos de IPRF
Tras la Sentencia la del Tribunal Supremo de octubre de 2018 manifestando que la baja maternal está exenta de IRPF,Hacienda indicó que tanto la baja maternal como el permiso de paternidad quedan exentos de tributar como se había venido haciendo hasta ahora. Las retenciones de los años 2014 a 2017 se han podido reclamar a través de un formulario que habilitó Hacienda. Los padres y madres que han disfrutado del permiso de paternidad o la baja maternal en 2018, no tienen que hacer ningún trámite, ya que podrán recuperar el dinero que les han retenido al hacer la renta. Según ha indicado Hacienda, la Declaración de la Renta de 2018 incorporará las prestaciones de maternidad y paternidad como rentas exentas y en el caso de que haya habido retenciones estas serán deducibles. En todo caso, como cualquier otro dato fiscal que ofrece la Agencia Tributaria, se recomienda revisar que es así antes de presentar la declaración.
2. Nueva deducción por guardería para madres trabajadoras
Cuando se aprobó la ley de Presupuestos Generales del Estado de julio de 2018, se creó una nueva deducción por gastos de guardería para las madres trabajadoras. En concreto, las madres que ya tengan derecho a la deducción por maternidad de 1.200 €/año, una deducción que se puede cobrar de forma anticipada a razón de 100 euros/mes o aplicar al hacer la declaración de la renta, pueden aumentar la deducción hasta en 1.000 euros por gastos de custodia (alimentación, inscripción y matrícula en guardería) por cada hijo menor de 3 años. En principio no es necesario demostrar el gasto ya que los centros de educación infantil autorizados han tenido que enviar los datos de los niños matriculados a Hacienda, pero por si acaso siempre conviene guardar los recibos.
3. Más deducciones para las familias numerosas
La Ley de Presupuestos Generales del Estado de julio de 2018 también aumentó (desde agosto) la deducción para familias numerosas hasta en 600 euros/año (50 €/mes) por cada hijo que supera el mínimo para pertenecer a la categoría de familia numerosa general o especial. Si no la has cobrado la deducción de forma anticipada, ten en cuenta la subida (aplicable desde agosto a diciembre de 2018). Hasta julio de 2018, el importe de la deducción era el mismo para todas las familias de categoría general y especial:
- Hasta 1.200 euros (100 euros por mes en el que se cumplan los requisitos) para las familias numerosas de categoría general con tres hijos
- Hasta 2.400 euros (200 euros/mes) para las familias numerosas de categoría especial con cinco hijos o cuatro y determinados requisitos económicos.
Desde agosto la deducción se incrementado hasta en 600 euros anuales (50 € por mes) para
- Las familias categoría general con 4 hijos pasando de 100 a 150 €/mes
- Las familia numerosa con 6 hijos o más, pasando de 200 a 250 €/mes en el caso de ser 6 hijos y aumentando en 50 /mes por cada hijo adicional
Cuando alguno de los hijos tiene discapacidad cuenta por dos a la hora de calcular el número de hijos para ser familia numerosa y esto también se tiene en cuenta a la hora de calcular las deducciones. Puedes consultar los diferentes supuestos en este artículo que elaboré sobre la deducción por familia numerosa
4. Nueva deducción por cónyuge con discapacidad
En la Ley de Presupuestos Generales del Estado de julio de 2018, también se creó una nueva deducción por cónyuge con discapacidad (a partir del 33%) hasta 1.200 euros (100 euros/mes). Los requisitos son:
- No estar separados legalmente
- Que el cónyuge con discapacidad no tenga rentas anuales no exentas superiores a 8.000 euros.
La nueva deducción, que de momento no se puede cobrar de forma anticipada, se podrán aplicar entre los meses de agosto a diciembre de 2018, por lo que este año la deducción máxima será de 500 euros.
La renta ya no se podrá presentar más en papel
A partir de este año, ya no se puede obtener la declaración de la renta ni los documentos de ingreso o devolución en papel impreso a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la AEAT . No obstante sí se puede seguir imprimiendo una vista previa en borrador si quiere cotejar la declaración antes de presentarla Por lo tanto, la Declaración de la Renta se debe presentar por medios electrónicos
- A través de Internet en la sede electrónica de la Agencia Tributaria
- Por teléfono
- En las oficinas de la AET, solicitando a partir del 14 de mayo cita previa y las oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas, ciudades con Estatuto de Autonomía y Entidades Locales en los casos en que confirmemos el borrador de declaración.
El borrador de la declaración de la renta se puede obtener a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración -Renta WEB- con
- Certificados electrónicos reconocidos
- DNI electrónico
- El sistema Clave PIN
- Mediante la aplicación “Agencia Tributaria”, disponible gratuitamente en Google (Play Storey) y Apple (Ap. Storey), con los sistemas operativos Androide e bosque se puso en marcha en la campaña 2017
- Con el número de referencia (que también sirve para acceder a los datos fiscales) , que se obtiene facilitando el Número de Identificación Fiscal (NIF), la fecha de expedición o de caducidad de su Documento Nacional de Identidad (DNI) y el importe de la casilla 475 de la declaración del IRPF de 2017.
Cita previa
La cita previa se podrá obtener a través de
- El Servicio «Le llamamos». Para ello hay que pedir cita por internet o en los teléfonos 901 22 33 44 – 91 553 00 71 o 901 12 12 24 – 91 535 73 26 (servicio automático), desde el 1 de abril hasta el 28 de junio de 2019 (de 9 a 19 horas de lunes a viernes).
- DNI electrónico o certificado digital para las personas físicas y representantes de personas jurídicas.
- Cl@ve PIN o número de referencia solo para las personas físicas.
Este año, el límite excluyente de la obligación de declarar para la Renta de 2018 es 22.000 euros anuales si proceden de un único pagador y de 12.643 euros si proceden de dos.
cobro la deducción por discapacidad por dos hijos y la familia numerosa.
Puede mi esposa cobrar la deducción por discapacidad por mi?
Buenos días, para cobrar la deducción es requisitos que al menos uno de los dos progenitores esté cotizado a jornada completa durante al menos 15 días de cada mes en la Seguridad Social o con jornada parcial de al menos el 50 por 100 de la jornada ordinaria durante todo el mes, ya sea como trabajador por cuenta ajena o propia (autónomo) o cobrando una prestación por desempleo o una pensión. si los dos cumplís los requisitos la solicitud puede ser individual o colectiva.
Hola soy una mujer con 48 anios y tengo un ijho con 22anios che tene 100 /100 descapasidad fizica y psico y de la ley de dependentia grado 3 permanente y cobro solo 580 e al mes me podias informar si podia aser slgo mas
Te aconsejo leer el post ayudas por hijos con discapacidad.
Soy familia numerosa especial con 4niños y monoparental,soy discapacitada con un 65%cobro una discapacidad no contributiva tengo derecho a algo? gracias
Te aconsejo leer el post ayudas por familia numerosa.
Hola ,buenos dias
Si tengo una hija de 16 años fuera de matrimonio con derexo a pension de alimentos,2 hijos de 11 y 10 años dentro de matrimonio y con derexo a pension y un bebé de 16 meses fuera de matrimonio y solo con mis apellidos sin derexo a pension de alimentos q deducciones puedo solicitar
Podrás tener las deducciones que corresponden a las familias numerosas
Si se tienen dos hijos y los dos con discapacidad cuenta como si tuvieras cuatro hijos si pasas a ser de categoría especial???
dos hijos con discapacidad cuentan como 4
Y si la mujer no trabaja
Y es familia numerosa
Ni cobra paro ni nada de ayudas…. Que cobro podría hacer???
las deducciones por familia numerosa se pueden aplicar igualmente si el padre cotiza
Si tienes 4 hijos dos de ellos mayores de 26 y dos menores estudiantes eres f numerosa General y a q tienes derecho
si dos de los hijos ya son mayores de 26 solo se sería familia numerosa si se ha ido renovando el título, si no no se puede solicitar. Si es el caso y sigue siéndole aquí puedes mirar los beneficios de ser familia numerosa.
Hola buenas soy famila numerosa de categoría especial con 5 hijos,cuando tenía 4 también era especial,cuánto tendría que cobrar en la renta con la subida? Seguiría con 2400 o me suben algo
con cinco hijos la deducción es de 2400
buenas noches…una pregunta. en casa nos dieron lo de familia nunerosa porque mi marido y yo tenemos discapacidad ambos y teniamos dos niños. a los meses a uno de mis hijos le dan tb una discapacidad y entonces cobrabamos 100 por nunerosa 100 por hiji con discapacidad y 100 mi marido por mi discapacidad. ahora acabamos de tener otro bebe en el mes de noviembre del 2018 y no hemos tenido la subida de lo de familia numerosa y ademas estamos esoerando el carnet de categoria especial para cambiar la modalidad. como podria reclamar desde noviembre la sibida de familia numerosa general?
la ayuda por familia numerosa es una deducción en renta así que si hay algo que no has cobrado por adelantado podrás aplicarlo cuando hagas la renta de 2018 ahora en abril
De las familias monoparentales no dice nada?
en principio no ha habido cambios hacia las familias monoparentales, las que tienen dos hijos siguen teniendo la deducción de 100 euros/mes