El Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia reciente que el derecho de los padres a pedir el complemento de pensión por aportación demográfica no prescribe.
El complemento de la pensión por aportación demográfica se creó en 2016 para las mujeres con dos o más hijos y se extendió a los padres en 2019, después de que la Unión Europea lo declarara discriminatorio.
Este complemento figuraba en la redacción anterior del artículo 60 de la «Ley General de la Seguridad Social», que fue modificado por el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, para
- Conceder el complemento en la pensión desde el primer hijo
- Incluir el derecho de los hombres al reconocimiento del complemento siempre que cumplan unos requisitos que puedes consultar en el post Cuándo se puede pedir el complemento para la pensión por paternidad.
La Seguridad Social no puede establecer un plazo para pedir el complemento de la pensión por aportación demográfica
Hasta ahora, la Seguridad Social estaba dando un plazo máximo de cinco años a los padres para pedir el complemento por aportación demográfica desde que se jubilaban y por lo tanto, denegaba sistemáticamente el complemento a los trabajadores que lo pedían cuando habían pasado más años.
Con este argumento, el Instituto Nacional de la Seguridad Social había denegado el complemento en la pensión por aportación demográfica a un trabajador de Cantabria con tres hijos que lo pidió en enero de 2022, siete años después de convertirse en pensionista.
La sentencia del Tribunal Supremo acaba con este «plazo de cinco años» y ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que a su vez confirmó una resolución del Juzgado de lo Social número 1 de Santander, de julio de 2022, que declaró el derecho del trabajador a recibir el complemento por aportación demográfica de un 10% de la cuantía inicial de la pensión reconocida, y con efectos económicos desde el día 01/12/2016.
Con esta sentencia abre la puerta a que los padres con dos o más hijos que se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 puedan cobrar un complemento que solo se concedía a las mujeres.
En febrero de 2022, el Tribunal Supremo ya dictaminó que el complemento por maternidad en las pensiones se debe reconocer con efectos retroactivos a los hombres que estuvieran en iguales condiciones que las mujeres cuando empezaron a cobrar la pensión.
En mayo de 2023, el Tribunal Supremo reconoció el derecho al cobro simultáneo en los dos progenitores del plus de maternidad en las pensiones causadas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
Desde febrero de 2021 el complemento se aplica por igual a los hombres y mujeres con hijos.
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