La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictaminado que el complemento por maternidad en las pensiones contributivas se debe reconocer con efectos retroactivos a los hombres que estuvieran en iguales condiciones que las mujeres cuando empezaron a cobrar la pensión.
El complemento por maternidad en las pensiones se aprobó en la Ley 48/2015 de Presupuestos Generales del Estado 2016, para las madres de dos o más hijos por aportación demográfica a la Seguridad Social.
Sin embargo, en diciembre de 2019, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que el complemento en las pensiones para madres de 2 o más hijos era discriminatorio y estableció que debía reconocerse también a los hombres en una situación similar. Esta sentencia ha hecho posible que después algunos hombres hayan obtenido un complemento en sus pensiones tras denunciar la discriminación.
El complemento por maternidad en las pensiones es con efectos retroactivos
Ahora bien, al tramitar las reclamaciones, la Seguridad Social española entendía que el derecho al complemento de los hombres que cumplieran esos requisitos solo se debía reconocerse con efectos a partir de la publicación de la sentencia del TJUE (es decir diciembre de 2019).
Ahora, el Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (Tribunal de lo Social) ha resuelto que los hombres que estuvieran en la misma situación que las mujeres y reúnan las exigencias establecidas tienen derecho al reconocimiento del complemento de pensión por aportación demográfica con efectos retroactivos.
Por tanto, los varones con más de un hijo que accedieron a su pensión contributiva de jubilación ordinaria, viudedad o incapacidad permanente entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 pueden reclamar el complemento de maternidad con efectos desde el momento en que empezaron a cobrar la pensión.
A raíz de esta sentencia, se modificó la ley el complemento se modificó. En febrero de 2021 entró en vigor un nuevo complemento de las pensiones por maternidad y paternidad que se concede al progenitor que acredite un perjuicio en su carrera profesional después del nacimiento de un hijo.
Puedes ampliar información sobre los requisitos para poder cobrar el complemento actual en el artículo sobre el nuevo complemento de las pensiones por maternidad y paternidad
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