Cuando una pareja con hijos se separa y la custodia se concede a uno de los progenitores, el juez establece que el otro progenitor tiene que pasar una pensión alimenticia para cubrir los gastos de los hijos. En las custodias compartidas, el juez que regula el convenio de separación también puede establecer una pensión alimenticia cuando existe una diferencia importante entre los ingresos de los progenitores, para que así los hijos puedan tener mantener un nivel de vida similar con los dos progenitores.

Cómo se calcula la pensión alimenticia

El dinero que tiene que pagar el progenitor que no está a cargo de los hijos o que tiene mayores ingresos en caso de custodia compartida lo determina el juez en la regulación del convenio de separación

La pensión debe estar destinada a cubrir las necesidades de los hijos menores de edad, hijos que sufran una incapacidad permanente o hijos que sean económicamente dependientes y se debe utilizar para hacer frente a los gastos de sustento, ropa, asistencia médica y educación.

No hay establecido una cantidad de dinero fija porque la pensión va a depender sobre todo de los ingresos y el patrimonio de ambos progenitores. De forma general, el progenitor que no se hace cargo de sus hijos tiene que abonar el 30 % de los ingresos mensuales. Pero, el juez establece el porcentaje de pago de manera personalizada y proporcional en cada caso determinado.

​¿Cómo se controla que  la pensión alimenticia se usa para cubrir los gastos del menor?

Según explica la abogada de familia Marina Aylagas, la ley no establece ningún sistema de control del uso de la pensión alimenticia. “Si el progenitor que abona la pensión alimenticia sospecha que esta no se está utilizando para su fin, tendría que obtener pruebas que demuestren que no se están cubriendo las necesidades del hijo como alimentación, vestuario, sanidad o educación para presentar una demanda por incumplimiento”

¿Qué ocurre cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad?

Existe la creencia que cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad y son adultos, ellos mismos deben gestionar el dinero de la pensión de alimentos acordada por sentencia de divorcio. Sin embargo, según explica la abogada, esta creencia es falsa ya que “En los procedimientos de familia donde se acuerda una pensión de alimentos para los hijos menores de edad, se determina claramente quien es la parte obligada a pagar y la parte receptora, y en ambos casos son los progenitores”.

Los hijos mayores de edad que sigan residiendo con el progenitor que percibe la pensión de alimentos no tienen derecho a recibir directamente de la pensión, porque esa pensión alimenticia debe destinarse a sufragar sus gastos de mantenimiento, vestuario, educación del hijo y mientras no sea independientes, esos gastos los soportará el progenitor con quien convivan.

Si se pagara la pensión al hijo directamente se estaría incumpliendo la sentencia de separación, lo que podría dar lugar a una posible demanda de ejecución de sentencia.

¿Hasta cuándo hay que pagar la pensión de alimentos?

El artículo 152 del Código Civil dice que la pensión se extingue por varios, como la falta de ingresos del progenitor o la situación laboral del hijo, es decir cuando este pueda ejercer un oficio, profesión o industria, o haya adquirido un destino o mejorado de fortuna, de forma que no necesite la pensión alimenticia para su subsistencia.

Sin embargo, no hay ningún supuesto que indique la mayoría de edad como un motivo de extinción de la misma.

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4 Comentarios

  1. Pepe

    Buenos días, Estoy separado y la custodia la tiene mi expareja, yo recojo a los niños los días indicados. Aparte de la pension de alimentos para los niños, tambien le pago la mitad de la factura mensual del comedor escolar y la mitad de factura mensual de la academia de ingles, la mitad de los libros escolares. Sé que la pensión de alimentos la tengo que anotar en la casilla 527, pero mi duda es…el comedor, libros y academia de Ingles también se pone en la renta?? en caso de tenerlo que poner en que casilla sería??
    Gracias

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    • Mujer y MADRE hoy

      Hola, verás que el artículo está asesorado por una abogada, yo soy periodista y no te puedo ayudar. Pero quizá te ayude leer el artículo La Declaración de la Renta de los padres separados

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  2. Veronica Mora Mares

    Hola, soy una mujer separada con custodia compartida, el juez indico en la sentencia una pensión de alimentos mensual de 240€para mi y otra de 360€ para el.
    Me puedo desgravar los 240€ mensuales, si es si, en que casilla 0497 o en la 527.

    Muchisimas gracias, espero vuestros comentarios

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    • Mujer y MADRE hoy

      Buenos días, tienes información sobre cómo hacer la renta de padres separados en el artículo La Declaración de la Renta de los padres separados»>La declaración de la renta de los padres separados.

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