Las personas que reciben una pensión no contributiva porque no han cotizado lo suficiente también pueden tener derecho al ingreso mínimo vital. Te cuento cuándo se  puede pedir el ingreso mínimo vital cobrando pensión no contributiva

Existen dos tipos de pensiones no contributivas: pensión no contributiva de jubilación y pensión no contributiva de invalidez.

La pensión no contributiva de jubilación está destinada a los mayores de 65 años, mientras que la pensión no contributiva de invalide .a las personas de 18 a 65 años que tienen una discapacidad a partir del 65%.

Tanto las pensiones no contributivas como el ingreso mínimo vital son prestaciones no contributivas de la Seguridad Social, es decir  no cotizan de cara a recibir el paro, la prestación por nacimiento de hijo o las pensiones contributivas de jubilación. Las tres han subido un 6,9% en 2024.

¿Cuándo se puede pedir el ingreso mínimo vital cobrando pensión no contributiva?

Las pensiones no contributivas son incompatibles entre sí, pero sí que pueden ser compatibles con el ingreso mínimo vital en el caso de que la suma de la pensión no contributiva y el ingreso mínimo vital no supere el límite de rentas e ingresos establecido por la Seguridad Social para recibir el IMV. Por lo tanto, como ya se cobra una pensión el importe del ingreso mínimo vital será la diferencia entre este límite y la pensión.

En 2024, la cuantía íntegra de las pensiones no contributivas es de 7.250,60 € que se abonan en 12 pagas. Cuando  dentro de una misma familia convive más de un beneficiario de una pensión contributiva, la cuantía individual baja un poco. 

Para poder acceder al Ingreso mínimo vital, la media mensual de ingresos y rentas anuales tiene que ser inferior al menos en 10 € a la renta garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad  y el número de miembros de la unidad de convivencia.

La renta garantizada para una sola persona es el 100 por 100 del importe anual de las pensiones no contributivas dividido entre 12.

No obstante, la cuantía de la renta mínima garantizada se incrementa si un 22 por  100 el solicitante tiene discapacidad superior al 65% o y también se trata de una unidad de convivencia monoparental y en un un 30 por 100 por miembro adicional a partir del segundo, con un máximo del 220 por 100.

Por lo tanto cuando la renta garantizada que corresponde es mayor que la pensión no contributiva sí existe la posibilidad de pedir el ingreso mínimo vital, que será la diferencia entre la renta garantizada que corresponde en cada caso y el importe de la pensión.

El ingreso mínimo vital también es compatible con el subsidio para mayores de 52 años hasta el límite que marca la regulación del ingreso mínimo vital que en 2024 es  de 604 €/mes.

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