Las personas de 18 a 65 años afectadas por una discapacidad a partir del 65% que no han cotizado lo suficiente para cobrar una pensión contributiva y carecen de suficientes ingresos pueden pedir una pensión no contributiva de invalidez. Te explico los requisitos

La pensión no contributiva de invalidez garantiza unos ingresos mínimos y asistencia médica y farmacéutica gratuita.

La cuantía individual de la pensión no contributiva los ingresos se calcula en función de los ingresos del solicitante y de las personas que integran la unidad económica. La cuantía de pensión no contributiva reconocida no podrá ser inferior al 25% de la cuantía máxima, salvo que pueda compatibilizarse con las rentas de trabajo. En 2023, la pensión no contributiva íntegra es de 6.784,54 € anuales.

Esta ayuda es competencia del Imserso (es una prestación de carácter estatal) pero se gestiona a través de las comunidades autónomas. A partir de los 65 años, cuando la pensión no contributiva por invalidez deja de ser válida, se puede pedir una prestación no contributiva de jubilación. Tienes información en el artículo Cómo pedir una prestación no contributiva de jubilación.

  • Además,  a partir de un grado de discapacidad del 75%,  la cuantía individual establecida se puede incrementar con el complemento por necesidad de otra persona si se acredita que es necesario contar con otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, mediante valoración de grado de dependencia o valoración de dicha necesidad por el Centro Base. El importe el complemento por necesidad de otra persona es del 50% de la pensión no contributiva. Para el año 2023, es de 3.392,27 € anuales

Requisitos para cobrar una pensión no contributiva de invalidez

Los requisitos de la pensión no contributiva de invalidez son;

  1. Ser español o tener residencia legal en España
  2. Ser mayor de 18 años y menor de 65 y tener una discapacidad igual o mayor al 65%.
  3. Haber residido en España durante 5 años, entre la fecha en la que se cumplan 16 años y la de devengo de la pensión, de ellos 2 deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  4. No superar determinados ingresos al año en función del número de personas que formen la unidad de convivencia:
  • Si la persona que pide la pensión no contributiva de invalidez vive sola, sus ingresos no pueden superar 6.784,54 € de ingresos anuales de
  • Si la persona que pide la pensión no contributiva de invalidez vive con su cónyuge o parientes de segundo grado, la suma de los ingresos no puede superar 11.533,72 € si conviven 2 personas, 16.282,90€ si conviven 3 y 21.032,08 € si conviven 4.
  • Si la persona que pide la pensión no contributiva de invalidez vive con un pariente de primer grado la suma de los ingresos de todos no puede pasar de 28.834,30 € si conviven 2, 40.707,25  €si conviven 3 y 52.580,20 € si conviven 4.

Cómo pedir una pensión no contributiva de invalidez

La pensión no contributiva de invalidez se solicita en la comunidad autónoma correspondiente normalmente en el departamento de Servicios Sociales

Para pedirla hay que presentar el modelo de solicitud rellenado y los documentos necesarios según la situación particular:  certificado de discapacidad, DNI o NIE, padrón colectivo y declaración responsable sobre el relación con las personas que figuran en el padrón y otro documento del padrón que acrediten que el solicitante ha residido al menos 5 años en España y de ellos 2 son inmediatamente anteriores  a la fecha de solicitud, documentos que acrediten los ingresos, etc.

Los beneficiarios de una pensión no contributiva de invalidez tienen que presentar todos los años una Declaración Anual de Ingresos para que la administración puede comprobar que siguen cumpliendo los requisitos y comunicar cualquier variación en sus ingresos o los de su unidad de convivencia en un plazo máximo de 30 días desde que se produzcan.

La Comunidad de Madrid tiene una guía para informar y orientar a las personas que quieren solicitar una pensión no contributiva.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comparte si te gusta