La Generalitat de Catalunya concede una ayuda de atención social a las personas con discapacidad (PUA) para los gastos en productos y actuaciones destinadas a mejorar la autonomía personal de las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
La ayuda, que consiste en un porcentaje del coste de la adquisición del producto o actuación se puede pedir hasta el 21 de octubre por internet en este enlace o por correo postal.
El importe máximo que se puede percibir depende de los ingresos económicos de la persona con discapacidad y de sus condiciones sociales.
Los productos y las actuaciones subvencionables y los importes máximos de las ayudas se pueden consultar en el Anexo 1 de la ORDEN DSO 179/2021 publicada en el Dario Oficial de la Generalitat de Cataluña.
Requisitos para acceder a la ayuda de atención social a las personas con discapacidad
Los requisitos para pedir la ayuda son:
- Estar empadronado y tener residencia legal en Cataluña desde hace 5 años.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%
- Estar en situación de necesidad.
- En la prestación del transporte para asistir a la atención precoz: el límite de edad es de 6 años.
- Cumplir las condiciones específicas que se establecen en cada tipo de prestación.
Más información en este enlace de la web de la Generalitat de Cataluña
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