La Comunidad de Madrid ha anunciado la ayuda de 500 € para madres menores de 30 años en Madrid se mantendrá como mínimo durante los próximos 4 años. Recordamos los requisitos para poder acceder a esta ayuda que se concede desde el quinto mes de embarazo y dura hasta que el niño cumple 2 años.

En qué consiste la ayuda para madres menores de 30 años en Madrid

La ayuda económica a la natalidad de la Comunidad de Madrid, que se empezó a conceder en enero de 2022,  supone un un pago mensual de 500 € desde el quinto mes de embarazo (21 semana de gestación) hasta que el bebé cumple dos años, con lo que puede alcanzar en total 14.500 € por mujer.

La cantidad se incrementa en la misma cuantía por cada hijo adicional en los embarazos múltiples o adopciones múltiples como en embarazos muy seguidos)

El pago dura hasta el último día del mes en el que el niño cumple los dos años, salvo en las adopciones. En este caso, la ayuda puede ser de hasta 24 mensualidades , a contar desde la inscripción del pequeño en el Registro Civil.

Requisitos para la ayuda de 500 € al mes para madres menores de 30 años en Madrid

La ayuda es compatible con el desarrollo de cualquier actividad laboral remunerada por cuenta propia o ajena, siempre que no se superen los 30.000 € anuales de renta en tributación individual o los 36.200 € en tributación conjunta para toda la unidad familiar.

Además de tener menos de 30 años, las embarazadas o las  madres recientes deben cumplir el requisito de haber estado empadronadas de forma ininterrumpida en la comunidad durante al menos los 10 años previos a la fecha de solicitud y también vivir en la comunidad mientras reciban la ayuda

La ayuda es compatible  con otras ayudas para padres recientes que puedan ofrecer otras administraciones, como por ejemplo la deducción por maternidad

Cómo solicitar la ayuda  de 500 € al mes para madres menores de 30 años en Madrid

La ayuda económica a la natalidad de la Comunidad de Madrid se puede pedir por internet. Para hacerlo es necesario disponer de certificado electrónico o  DNI electrónico.

También se puede pedir de forma presencial en un registro oficial de la Comunidad o.a través de los ayuntamientos adheridos a Ventanilla Única, y en las oficinas del Registro de la Administración General del Estado, o por correo certificado.

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