Los trabajadores que se dan de alta en autónomos pueden acogerse a una tarifa plana de autónomos de 80 € al mes durante 12 meses, que se puede prorrogar un año más si los ingresos no superan el salario mínimo interprofesional, que en 2026 es .1221 € mensuales en 14 pagas

Al importe de la tarifa plana de 80€ hay que sumar un 0,9% de cotización por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, les decir 8,64% más, lo que supone un total de 88,64 €,

Aunque hace más de tres años que empezó a funcionar  un nuevo sistema de cotización de los trabajadores autónomos con la idea de bajar progresivamente las cuotas de los tramos de cotización inferiores cada año, hasta 2032, la cuota de autónomos sigue siendo muy elevada para los autónomos con ingresos bajos porque el Gobierno ha ido prorrogando  las tablas de cotización en lugar de adaptarlas a los ingresos como se planteó inicialmente.

Este sistema actual  establece 15 tramos de cotización en función de la previsión mensual de ingresos. Actualmente la cuota mínima es de 205,88 € para ingresos hasta 670 €/mes en el tramo 1 de la tabla reducida. La tarifa plana se cotiza lo mismo que en el tramo 1 de la tabla general: 951,63 € al mes.

Tienes más información en el post La cuota de los autónomos en 2026

Quienes pueden pedir la tarifa plana de autónomos

Pueden pedir la tarifa plana de autónomos los trabajadores que se den de alta en el Régimen de autónomos (RETA) siempre que no hayan estado en este régimen en los dos años anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta, o en los tres años inmediatamente anteriores, en caso de haber disfrutado ya antes de esta ayuda.

La tarifa plana de 80 €/mes  se mantiene durante los primeros 12 meses de actividad, siempre que cumplan los requisitos y se puede prorrogar otros 12 meses más si se prevé que los ingresos netos no van a superar el SMI. Es decir, puede durar hasta dos años.  

Bonificación especial para las madres autónomas por reincorporación a la actividad

Las trabajadoras autónomas que hayan cesado su actividad tras el nacimiento de un  hijo, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela y vuelve a realizar una actividad por cuenta propia dentro de los dos años siguientes a la fecha del cese, pueden pedir una bonificación del 80 % de la cuota por contingencias comunes   durante 24 meses.

Bonificación en la cotización de autónomos por cuidado de menor afectado por una enfermedad grave

Los trabajadores autónomos que perciben la prestación para el cuidado de menores afectados cáncer u otra enfermedad grave (CUME) pueden pedir una bonificación del 75 % de la cuota por contingencias comunes, mientras reciban la prestación,

Las personas con discapacidad pueden aplicar la tarifa plana durante 24 meses

Las personas con discapacidad y las personas reconocidas como víctima de violencia de género o víctima de terrorismo, pueden aplicar la tarifa plana durante 24 meses, con independencia de sus ingreso.

Pasados estos 24 meses, se puede pedir una cuota reducida (de 160 € al mes) durante un máximo de 36 meses si se prevé que los ingresos netos no van superar el SMI.

Qué cubre la tarifa plana de autónomos

La tarifa plana de autónomos cubre las mismas prestaciones que cualquier cuota de autónomos (en este cas con una  base de cotización de 951,63 €), es decir, bajas por incapacidad temporal, prestación por nacimiento y cuidado del menor (información en el post Permiso por nacimiento de hijo de los autónomos),  prestación de riesgo durante el embarazoriesgo durante la lactancia, pensión de jubilación, etc.

Además, la cuota de autónomos se deja de pagar durante el permiso por nacimiento de hijo y la baja por riesgo durante el embarazo o la lactancia siempre que las bajas duren al menos un mes.

Además, se cotiza para el desempleo, aunque los requisitos para poder cobrar paro son muy estrictos para los trabajadores por cuenta propia.

Algunas comunidades autónomas, como Andalucía, Madrid, Galicia, Extremadura tiene una ayuda llamada cuota cero de autónomos que cubre la tarifa plana de 80 € (Andalucía también subvenciona la parte del impuesto)

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