La ley contempla una prestación por Cuidados a Menores con Enfermedad Grave (conocida como CUME) que compensa los ingresos que se pierden al pedir una reducción de jornada por cuidado de hijo con enfermedad grave.
La CUME se regula en el Rd 1148/2011, de 29 de julio (actualizado el 29 de diciembre de 2021). Hasta el año pasado finalizaba cuando el hijo cumplía 18 años, pero los Presupuestos Generales de 2022 la ampliaron hasta que cumple 23 siguiendo una petición histórica la Federación Española de Enfermedades Neuromusculares (Federación ASEM) ,porque la discapacidad y las necesidades de ayuda de las personas con enfermedades graves,sigue existiendo después de los 18 años e incluso se agravan con la edad
Requisitos para pedir la CUME
Para poder pedir la CUME hay que cumplir estos requisitos:
- Los dos padres tienen que trabajar y estar de alta en algún régimen público de Seguridad Social; o en una mutualidad de previsión social. El tiempo de cotización mínimo es el mismo que se pide para poder cobrar la prestación por nacimiento de hijo: para mayores de 26 años, es de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores.
- Uno de los dos padres tienen que haber reducido su jornada al menos en un 50 por ciento su jornada para cuidar de un hijo menor de 18 años que necesita cuidados continuos (pueden ser cuidados hospitalarios o
- El menor debe estar por una enfermedad grave que precise ingreso hospitalario de larga duración o necesite cuidados de atención continuos en casa, como ocurre por ejemplo con la Diabetes tipo 1 o los trastornos alimenticios que requieren un control continuo de la alimentación). El Real Decreto figura un listado de patologías. Tienes el enlace en el apartado para qué enfermedades se puede pedir la CUME.
Cómo pedir la CUME
La solicitud de la prestación por reducción de jornada por cuidado de hijo con enfermedad grave se hace en las oficinas del INSS (en persona o por el Registro electrónico con DNI electrónico o certificado digital) o la mutua colaboradora de la Seguridad social. Conviene preguntar en el departamento de personal de la empresa dónde hay que hacerlo. La CUME solo la puede pedir uno de los progenitores, ya que compensa el sueldo que se deja de percibir al reducir la jornada.
Hay que presentar el modelo de solicitud de la entidad gestora (normalmente las oficinas del INSS) mutua de accidentes de trabajo y la documentación que acreditar los datos ( informes médicos, sociales, acuerdo entre progenitores, libro de familia, certificado de empresa, etc.).
Puedes descargar los documentos necesarios en este enlace de la Seguridad Social.
La prestación se deja de recibir cuando finaliza la necesidad del cuidado directo y continuo del hijo con cáncer o enfermedad grave o cuando este cumple 23 años.
Para qué enfermedades se puede pedir el CUME
El listado de enfermedades incluidas en la prestación por Cuidados a Menores con Enfermedad Grave figura en el anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, incluye diversas patologías de oncología, hematología, errores innatos del metabolismo, alergia e inmunología (como el asma bronquial grave, psiquiatría (como los trastornos de conducta alimentario y los trastornos de conducta grave), neurología (como las epilepsias), enfermedades neuromusculares, cardiología (como las cardiopatías congénitas con disfunción ventricular), aparato respiratorio (como la fibrosis quística), aparato digestivo, nefrología, reumatología, cirugía, cuidados paliativos, neonatología (como los grandes prematuros), enfermedades infecciosas, endocrinología (como la Diabetes Mellitus tipo I) y trastornos de base genética.
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