Los territorios históricos del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra tienen su propio régimen fiscal, y por lo tanto aprueban sus propias deducciones familiares y ayudas fiscales.

Así, por ejemplo, la deducción por maternidad (que, en enero de 2023 modificó sus requisitos para llegar a más mujeres) no se aplica en estas comunidades, ya que la declaración de la renta no se realiza con el Estado sino con la propia comunidad autónoma, pero a cambio existen ayudas similares,  incluso mayores en el caso del País Vasco, que da 200 euros al mes por hijo de 0 a 3 años y 100 euros al mes por el tercer hijo desde los 3 hasta los 7.

Hoy se ha abierto hoy el plazo para solicitar la ayuda de 100 € al mes por hijo menor de 3 años en Navarra. La convocatoria de esta ayuda económica será anual, es decir en esta solicitud se podrán cobrar como máximo 1200 € en total si el menor de 3 años ha nacido en enero de 2023 o antes. Las solicitudes de esta convocatoria se pueden presentar hasta el 2 de noviembre de 2023

El pago de la ayuda se realizará mediante transferencia por meses vencidos. No obstante, el primer pago se realizará el primer día del mes siguiente al nacimiento o adopción del niño. Y en el caso de los niños ya nacidos, la ayuda tiene carácter retroactivo y se aplica desde enero de 2023.

Requisitos para acceder a la ayuda de 100 € por hijo menor de 3 años en Navarra

Los requisitos parar recibir la ayuda de 100 € por hijo menor de 3 años son:

  1. Tener hijos o hijas menores de tres años, es decir hijos nacidos antes de la fecha final del plazo de presentación de esta convocatoria (2 de noviembre de 2023).
  2. Residir en la Comunidad Foral de Navarra con una antigüedad mínima de seis meses. Si algún integrante de la familia que compute a efectos de la ayuda no cumple este requisitos, debe acreditar 5 años continuados de residencia y empadronamiento en la Navarra en los últimos diez años.
  3. Demostrar convivencia efectiva con los hijos que dan derecho a recibir la ayuda.
  4. Estar al corriente de pago en los tributos y con la Seguridad Social.
  5. No estar obligados a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio del año 2022.
  6. En la renta de 2022, no haber tenido rentas superiores a 45.000 € si los ingresos de la unidad familiar proceden de una sola persona o superiores a 70.000 € si los ingresos procedan de más de una persona.
    • En la custodia compartida, de forma excepcional, no se miran a las rentas de la unidad familiar sino la suma de rentas de los dos progenitores (incluidas las exentas) que no pueden superar los 70.000 €.
    • Los límites de renta se aumentan en un 10% por cada persona de la unidad familiar que compute para la ayuda y tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 33%

La ayuda no es compatible con el Ingreso Mínimo vital, la Renta Garantizada o ayudas de naturaleza similar

En caso de guarda y custodia en exclusiva, la ayuda solo la podrá cobrar el progenitor que tenga la custodia.

En los casos de guarda y custodia compartida, los progenitores deben acordar expresamente cuál de las pide la ayuda y presentar un número de cuenta en común para el abono de esta. Si no hay acuerdo, se dará al solicitante, pero reducida en un 50%,

La Orden Foral de la consejera de Derechos Sociales con las bases de la convocatoria, requisitos, plazos y lugares de presentación se publicó ayer en el Boletín Oficial de Navarra y entra en vigor hoy

Las solicitudes se pueden presentar ya con Certificado digital o DNI electrónico o usuario clave en este enlace de la web del Gobiero de Navarra 

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

 

 

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comparte si te gusta