El Ingreso mínimo vital, (IMV) es una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a todos los ciudadanos (incluidos los hogares de una sola persona). Su importe depende del número de personas que configuren el hogar y los ingresos que haya en dicho hogar.  Para concederlo, se miran los ingresos y el patrimonio del solicitante. Lo pueden pedir las personas en paro, y también las personas o familias con ingresos muy bajos.

Además, las familias perceptoras del ingreso mínimo vital con hijos menores de edad que cumplen determinados requisitos reciben un complemento de ayuda para la infancia (API).que depende de la edad del menor cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio.

  • Menores de tres años: 115 €
  • Entre 3 y 6 años: 80,50 €
  • Entre 6 y 18 18 años: 57,50 €.

Requisitos para pedir el ingreso mínimo vital en 2023

Para para poder cobrar el ingreso mínimo vital hay que cumplir unos requisitos generales (que te cuento más abajo) y otros requisitos que dependen de si el hogar está formado por una sola persona o varia (unidad de convivencia).

Requisitos para pedir el IMV en los hogares formados por una sola persona

En los hogares formados por una sola persona, el solicitante debe tener más de 23 años, no estar casado ni unido a otra persona como pareja de hecho, y haber vivido al menos de forma independiente 2 años, salvo que haya abandonado el domicilio habitual por ser víctima de violencia de género o haber iniciado trámites de separación o divorcio. Se entiende que una persona ha vivido de forma independiente si acredita que su domicilio ha sido distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores en los 2 años anteriores a la solicitud y ha permanecido en situación de alta en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social durante al menos 12 meses, continuados o no.

Estos requisitos no se aplican a las mujeres mayores de edad víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual, personas sin hogar y personas de 18 a 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores de las diferentes comunidades autónomas, que han estado bajo la tutela de entidades públicas de protección de menores en los 3años anteriores a la mayoría de edad, o son huérfanos absolutos y viven solos sin integrarse en una unidad de convivencia.

Si el titular es mayor de 30 años, debe  acreditar que durante el año  anterior su domicilio en España ha sido distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores, salvo que el cese de la convivencia con los progenitores, tutores o acogedores se haya producido por el fallecimiento de estos.

Requisitos para pedir el IMV en los hogares con 2 o más miembros (unidad de convivencia)

En los hogares con 3 o más miembros, la persona que pide el IMV debe tener más de 23 años, salvo que tenga menores a cargo.

La unidad de convivencia está formada por todas las personas que viven, desde hace al menos un año, en un mismo domicilio unidas en matrimonio o pareja de hecho o por vínculo hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente. El Real Decreto que regula el IMV dice que » a afectos de la ley, se considerará pareja de hecho  la constituida con análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos 2 años de antelación, por quienes, no hallándose impedidos para contraer matrimonio, no tengan vínculo matrimonial con otra persona y hayan convivido de forma estable y notoria con carácter inmediato a la solicitud de la prestación y con una duración ininterrumpida no inferior a 5 años».

Además, se considera que no rompe la convivencia la separación transitoria por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación o causas similares.

En ningún caso una misma persona puede formar parte de dos o más unidades de convivencia

Requisitos comunes para pedir el ingreso mínimo vital en 2023

  1. Llevar al menos 1 año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto para los menores incorporados a la unidad de convivencia por nacimiento, adopción, reagrupación familiar , guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente y en  las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
  2. Estar en situación de vulnerabilidad económica por carecer de  ingresos o patrimonio suficientes.
  • El requisito de  ingresos se cumple cuando el promedio mensual de ingresos (sueldo, pensiones y prestaciones contributivas o no contributivas, públicas o privadas)y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 € a la renta mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia. La cuantía  fijada de la renta garantizada del IMV para un adulto es de 565, 67 €/mes; para un adulto y un menor en una unidad no monoparental  734,99 € y para un adulto con un menor en una unidad monoparental 859,37 €. Puedes consultar las cuantías fijadas de la renta garantizada del IMV en virtud del tipo de unidad de convivencia en este enlace de la Seguridad Social.
  • El requisito de patrimonio depende del número de miembros del hogar. Por ejemplo, para hogares de una sola persona no se puede superar un patrimonio neto, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior a 3 veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el ingreso mínimo vital para una persona, lo que en 2023  equivale a 20.353,62 €. La tabla con las cantidades se puede consultar en este otro enlace de la Seguridad Social.

La percepción de la prestación del ingreso mínimo vital es incompatible con la percepción de la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 por 100,

Cuánto se cobrará con el ingreso mínimo vital

El ingreso mínimo vital se cobra mensualmente  en 12 pagas. En 2023, de forma excepcional el IMV ha subido un 15% con respecto a 2022.

La cuantía del ingreso mínimo vital es la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos del solicitante o la unidad de convivencia, siempre que el resultado  sea igual o superior a 10 € mensuales.

La cuantía  fijada de la renta garantizada para un beneficiario individua es el 100 por 100 del importe anual de las pensiones no contributivas dividido entre 12. En 2023 son 565,37 €/mes. La cantidad se incrementa un 22 por 100 si el perceptor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100.

En la unidad de convivencia la cuantía anterior  se incrementa  en un 30% por miembro adicional a partir del segundo, con un máximo del 220%. Por ejemplo, para una unidad de convivencia formada por un adulto y un menor o dos adultos. son 734,99 € y para una unidad de convivencia formada por 5 personas es de 1.243,83 €. Por ejemplo si en este caso los ingresos totales son 1.00 €/mes el IMV sería 1243,83-1000= 243,83 € (siempre que se cumplan todos los requisitos, incluidos los de patrimonio).

La cuantía anterior se incrementa con un complemento del 22 por cien, en las unidades de convivencia monoparentales (un solo adulto que conviva con uno o más descendientes hasta el segundo grado, menores de edad sobre los que tenga la guarda y custodia exclusiva, o que conviva con uno o más menores en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción, o cuando el otro progenitor, guardador o acogedor esté ingresado en prisión o en un centro hospitalario por un periodo ininterrumpido igual o superior a un año). En este caso la renta garantizada para unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y un menor es de 859,37 €/mes y la la renta garantizada para unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y 4 o más menores es de 1.368,21 €.

Igualmente, a  la cuantía mensual que corresponda a la unidad de convivencia se sumará un complemento equivalente a un 22 por ciento en el supuesto de que en la unidad de convivencia esté incluida alguna persona con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65%.

Cómo pedir el ingreso mínimo vital

  • La solicitud se puede realizar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario.
  • Si no tiene certificado electrónico o usuario cl@ve para identificarse se puede usar el Servicio Ingreso Mínimo Vital sin certificado.
  •  Se pueden resolver las dudas que surjan en el teléfono 900 20 22 22.
  • Un simulador para saber si se tiene derecho al ingreso mínimo vital

    La  Seguridad Social tiene  en su web un simulador para comprobar si se cumplen los requisitos para recibir  el Ingreso Mínimo Vital y calcular el importe aproximado que  correspondería.

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