El Congreso ha aprobado las reformas de la Ley de Dependencia (Ley 39/2006, de 14 de diciembre) y  la Ley de Discapacidad (aprobada en su dia por el Real Decreto 1/2013, de 29 de noviembre) para poder atender mejor dos realidades que a menudo se solapan y permitir el reconocimiento automático de la discapacidad a las personas con dependencia.

Por un lado, las personas con discapacidad pueden necesitar apoyos por una situación de dependencia y por otro, la dependencia suele estar motivada por la existencia de una discapacidad.

  • La dependencia se reconoce cuando una una persona necesita ayuda para las actividades básicas de la vida diaria, por razones de edad, enfermedad o discapacidad. Puede ser de grado I, II y III.
  • La discapacidad hace referencia a las  dificultades que tiene una persona para participar en la vida diaria en igualdad de condiciones. Las dificultades se miden en porcentaje (%). El grado de discapacidad se obtiene a partir del 33% y las ayudas para las personas con discapacidad aumentan conforme lo hace el porcentaje.

Hasta ahora, tanto el reconocimiento de la dependencia y la discapacidad se han gestionado por separado y lo mismo ha ocurrido con las prestaciones que se otorgan por estas situaciones.

La solicitud se realiza en ambos casos a través de las comunidades autónomas. Tienes información en los post:

Con respecto a las ayudas para estas situaciones, el Estado fija el marco común y las prestaciones se obtienen a través de las comunidades autónomas y los ayuntamientos.

 Las personas con dependencia obtendrán automáticamente la discapacidad

Con la reforma de estas leyes se busca conseguir una mayor conexión entre las dos situaciones para que las necesidades de autonomía y cuidados se puedan abordar de forma más coordinada y una persona que pueda estar en las dos situaciones no tenga que pedir el reconocimiento en dos sistemas desconectados

Para ello, la reforma aprobada establece una equiparación entre los grados de dependencia y unos porcentajes mínimos de discapacidad:

  • El grado I de dependencia se asimila directamente al 33 % de discapacidad.
     Es decir, una persona que obtenga el grado I de dependencia obtendrá directamente el 33% de discapacidad y podrá acceder a las  ayudas para las personas con discapacidad
  • Los grados II y III de dependencia se asimilan al 65 % de discapacidad.
    Es decir, una persona que obtenga el grado II o III de dependencia obtendrá directamente el 65% de discapacidad y podrá acogerse a los «beneficios» que hay en estos casos, que son mayores que para el 33% de discapacidad .Por ejemplo, se puede ser familia numerosa con dos hijos si dos progenitores tienen el 33% de discapacidad o uno de los progenitores tiene un 65% de discapacidad.

Con este reconocimiento automático de la discapacidad a las personas con dependencia se intenta quitar burocracia al reconocimiento de la discapacidad, y agilizar los procesos administrativos y las listas de espera.

Aunque se conceda un grado de discapacidad de forma automática, la persona con dependencia puede pedir también una valoración específica de discapacidad para obtener un grado más alto si piensa que puede tenerlo.

Ahora bien, este reconocimiento (con matices) de la discapacidad puede abrir la puerta a derechos y medidas que no siempre están reconocidas para las personas con dependencia en materia de accesibilidad, educación, inclusión social, empleo, protección rente a la discriminación, etc.

Discapacidad no siempre implica dependencia

Ahora bien, no ocurrirá lo contrario con la discapacidad y la dependencia. Es decir, a las personas a las que se les reconozca una discapacidad no se les va a reconocer de inmediato una dependencia porque tener un determinado porcentaje de discapacidad no implica automáticamente tener un determinado grado de dependencia.

Otros cambios para las personas con dependencia

Además, del reconocimiento automático de la discapacidad a las personas con dependencia, la reforma de la ley de dependencia también contempla otros cambios, comoi:

  • Reducir el plazo máximo para resolver el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia de 6 a 3 meses
  • Reconocer la figura de la persona cuidadora principal a nivel normativo, incuyenod a las personas del mismo entorno relacional. Por ejemplo, se puede reconocer como cuidador a una persona que comparten un hogar sin una relación familiar. Además, la reforma garantiza por ley que la AGE abone las cotizaciones de las cuidadoras principales (la mayoría son mujeres), así como la continuidad de los cuidados en caso de enfermedad grave u hospitalización de estas cuidadoras.
  • La teleasistencia será reconocida en el momento a quien obtenga la dependencia, y se reforzará como herramienta preventiva.
  • LLas personas en situación de dependencia podránrecibir diferentes prestaciones sin que haya una incompatibilidad entre ellas. El (Programa Individual de Atención que elaboran los servicios sociales de las CCAA se flexibilizará para que las personas que lo necesiten puedan acceder a más servicios del catálogo. Por ejemplo, una persona con dependencia que esté en su casa, podrá acceder a prestaciones combinadas como ir centro de día y cuidados en el entorno familiar o teleasistencia.
  • Se amplía el servicio de ayuda a domicilio a la realización de otras actividades básicas de la vida diaria como hacer la compra o ir al médico.
  • Se amplía la asistencia personal orientándola a la promoción de la autonomía y la vida independiente.
  • Además, se ha previsto una reforma estructural de la financiación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) para incrementar las cuantías del nivel mínimo de protección que el Estado transfiere a los gobiernos autonómicos por cada persona que tiene reconocido un grado de dependencia.
  1. ●    Las cuantías para la gran dependencia (grado III) subirán de 290 € al mes a 660.
  2. ●    Las cuantías para la dependencia severa (grado II) subirán de 130 € al mes a 260.
  3. ●    Las cuantías para la dependencia moderada (grado I) subirán de 76 € al mes a 90.

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