Ya se ha publicado en el BOE la orden que regula en qué casos será obligatorio usar mascarilla.

De forma general, desde mañana, 21 de mayo, el uso de mascarilla será obligatorio a partir de los 6 años en todos los espacios públicos cerrados y en la calle cuando sea posible garantizar la distancia de seguridad de dos metros, salvo algunas excepciones de salud:

El uso de mascarillas ya era obligatorio en el transporte público y ahora se hace obligatorio de forma generalizada para los mayores de seis años, como medida de precaución para  prevenir el contagio de Covid-19 durante la desescalada en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros

  • Además se aconseja el uso de mascarillas en niños de tres a cinco años.

Aunque se utilice mascarilla, es indispensable seguir cumpliendo con las recomendaciones de las autoridades sanitarias para prevenir el contagio de coronavirus relativas al mantenimiento de la distancia interpersonal, la higiene de manos y resto de medidas de prevención.

En la Orden se indica que a se entenderá cumplida la obligación a que se refiere el apartado anterior mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgica, que cubran nariz y boca, siguiendo  las indicaciones de las autoridades sanitarias acerca de su uso.

Quienes están exentos de llevar mascarilla

Quedan exentos de la obligación de llevar mascarilla:

  • Las personas que sufran algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla.
  • Las personas que tengan contraindicado la utilización de mascarillas por motivos de salud debidamente justificados, o que por su discapacidad o situación de dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización
  • La mascarilla no se exigirá para realizar actividades que resulten incompatibles, como tomar alimentos y bebidas
  • Tampoco se exigirá el uso de mascarilla en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

 

Puedes ver la Orden que regula el uso de las condiciones para el uso obligatorio de las mascarillas aquí

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