La Comunidad de Madrid ha llegado a un acuerdo con los sindicatos CCOO y UGT y la Confederación Empresarial de Madrid (CEIM) para aprobar un protocolo con recomendaciones para la vuelta al trabajo segura en Madrid, para ayudar a prevenir posibles rebrotes de COVID-19 tras las vacaciones de verano.

Entre otras medidas, se recomienda el uso de mascarilla en el centro de trabajo en todo momento, al menos hasta 14 días después de la finalización de las vacaciones de la totalidad de la plantilla, incluso cuando el trabajador se encuentre sentado en su puesto y mantenga la distancia física interpersonal de 1,5 metros

Medidas para una vuelta al trabajo segura

1. Antes de la reincorporación al centro de trabajo

Se aconseja proporcionar al trabajador/a, si es posible vía digital y antes de su incorporación tras las vacaciones, o si  no es posible en el momento de la incorporación, un documento con:

  • Información sobre las exigencias sanitarias y medidas de distanciamiento social que se aplican en la empresa.
  • Instrucciones o protocolo de actuación si se presentan síntomas compatibles con el Covid 19. Para ello, se aconseja que la empresa elabore y difunda un Protocolo de actuación sobre cómo afrontar la detección de posibles personas afectadas o que hayan estado en contacto con estas.
  • Cualquier otro documento que pueda ser necesario para instruir al trabajador sobre cómo ayudar a evitar el contagio en el centro de trabajo y cómo actuar ante un posible caso de Covid.

2. Puestos de trabajo y turnos

  • Se recomienda insistir en el uso del teletrabajo, si la actividad lo permite, o alternar trabajo presencial y a distancia.
  • Se aconseja escalonar la reincorporación de los trabajadores, evitar la coincidencia masiva de personas en trabajo presencial y limitar la afluencia de otras personas que no sean trabajadoras.
  • Si el trabajo presencial se ordena por turnos (presencial- a distancia), en los turnos estarán, en la medida de lo posible, los mismos trabajadores para así poder controlar posibles contagios
  • Para evitar aglomeraciones y garantizar la distancia de seguridad, la entrada y salida del centro de trabajo será escalonada y por diferentes lugares, siempre que sea posible.
  • Los pasillos deben mantenerse libres y señalizarse indicando el sentido de ida y de vuelta.
  • En la medida de lo posible, se debe rediseñar la ubicación de los puestos para garantizar la distancia de seguridad obligatoria de metro y medio entre los trabajadores.
  • Se aconseja eliminar las reuniones presenciales y utilizar en su lugar las videoconferencias. Si es necesario realizar una reunión presencial, se deben mantener las distancias mínimas de seguridad y demás medidas de prevención.
  • Se debe organizar el trabajo de modo que se reduzca el número de personas trabajadoras expuestas, estableciendo reglas para evitar y reducir la frecuencia y el tipo de contacto de persona a persona

3. Obligaciones de los trabajadores

Los trabajadores no deben acudir al centro de trabajo con fiebre, tos, o síntomas respiratorios o cualquier síntoma relacionado con el COVID-19. En caso de tener posibles síntomas de Covid, el trabajador debe llamar al centro de salud o a teléfono de atención al coronavirus de la Comunidad de Madrid 900 102 112 y avisar al centro de trabajo para comunicar la ausencia.

4.Limpieza y desinfección y otras medidas preventivas

  • Se recomienda extremar las medidas de ventilación, limpieza y desinfección de los centros de trabajo, reforzando la limpieza de los filtros de aire acondicionado y aumentar el nivel de ventilación de los sistemas de climatización para renovar el aire de manera más habitual.
  • Se aconseja establecer un protocolo diario de limpieza, con especial atención zonas o útiles de uso frecuente como pomos de puertas, barandillas, ascensores, vehículos y también herramientas, mandos de maquinaria, mesas, ordenadores etc.
  • Para facilitar la higiene frecuente de manos, hay que verificar y controlar que haya agua, jabón y toallas de papel desechables en todos los lugares de trabajo e instalar dispensadores de soluciones hidroalcohólicas en lugares o puntos de difícil acceso al agua y jabón.
  • Se aconseja no utilizar lugares comunes, como los comedores, vestuarios o zonas de descanso y, si no fuese posible, limitar al máximo los aforos, haciendo turnos.
  • Se aconseja evitar el uso de ascensores, en la medida de lo posible, o hacerlo de forma individual o con limitación de aforo si es necesario.
  • Se aconseja que todos los equipos de trabajo sean de uso individual, en la medida de lo posible y que en caso de tener que compartir equipos, realizar higiene de manos y desinfección de equipos antes y después de cada uso.

Campaña de vigilancia para comprobar que se cumplen las medidas

El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST) ha iniciado una campaña de visitas a distintas empresas de la región para reforzar la información sobre las medidas preventivas y comprobar que las empresas madrileñas cumplen sus obligaciones que estableció el Real Decreto Ley 21/2020 como

  • adoptar medidas de ventilación
  • limpieza y desinfección adecuadas a cada entorno de trabajo
  • poner a disposición de los trabajadores de agua y jabón o geles hidroalcohólicos o desinfectantes
  • necesidad de garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros entre los empleados.

El incumplimiento de estas medidas puedes suponer sanciones que pueden oscilar entre los 2.046 y los 40.985 euros.

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