Información actualizada el 1 de junio de 2023

Hoy entra en vigor el Real Decreto que reduce los años de cotización para acceder a la jubilación anticipada con discapacidad del 45%

En concreto, el » Real Decreto 370/2023, de 16 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161.bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento», (publicado en el BOE del 17 de mayo de 2023), que mejora el acceso a la jubilación anticipada por discapacidad, reduce de 15 a 5 años (desde que la discapacidad fue diagnosticada) el periodo de cotización necesario para acceder a la jubilación anticipada para los trabajadores con discapacidad superior al 45%, siendo necesario haber trabajado un tiempo efectivo equivalente al período mínimo de cotización. Es decir, a partir de ahora las personas con discapacidad  superior al 45% que quieran jubilarse a partir de los 56 años tiene que haber cotizado cinco años con su discapacidad acreditada y no los 15 que se pedían hasta ahora.

Además, se podrán sumar varias patologías discapacitantes para demostrar el grado de discapacidad superior al 45% y se simplificará la acreditación y la actualización de las patologías. A partir de ahora, será suficiente un informe médico que acredite que se ha padecido alguna de las dolencias que se requieren para acceder a la jubilación anticipada.

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