Ya está abierto el plazo para pedir la beca de Educación Infantil del curso 2024-25 en Madrid  El plazo para solicitar la ayuda dura hasta el 23 de mayo de 2024.

Importe de la beca de educación infantil del curso 2024-25

Esta ayuda para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años) se calcula en función de la renta de 2022

  • La beca total es de 1.947 €:  177 €/ mes de septiembre de 2024 a julio de 2025.
  • Si se obtiene 5 puntos por renta, la ayuda sube a 3.113 €: 283 €/ mes de septiembre de 2024 a julio de 2025.

El importe de la beca  sumado al de otras ayudas que pueda recibir el alumno no puede superar el total de las cuotas pagadas al centro de educación infantil.

Requisitos para pedir la beca de educación infantil del curso 2024-25 en Madrid

Para poder acceder a la beca de educación infantil del curso 2024-25 hay que cumplir estos requisitos:

  • El bebé por el que se pide la ayuda tiene que haber nacido o tener fecha de parto prevista antes del 1 de enero de 2025 y tener menos de tres años en 2024.
  • De forma excepcional, se se puede pedir la beca si un niño de más de tres años tiene que continuar matriculado en el primer ciclo de Infantil por necesidades educativas especiales
  • El bebé tiene que estar matriculado en el primer ciclo de Educación Infantil de un centro de educación infantil privado autorizado por la Comunidad de Madrid en el el curso 2024/25  (o tener reserva de plaza si aú no ha nacido).
  •  La unidad familiar no puede superar el límite de la renta per cápita de 35.913 €. Al calcular la renta per cápita, se computa un miembro más en la unidad familiar por discapacidad, debidamente acreditada, igual o superior al 33% o víctima de violencia de género.

Cómo se dan los puntos para obtener la beca de educación infantil

En el caso de que el prespuesto para las becas de educación infantil del curso 2024-25 no alcance para todas las solicitudes, las ayudas se darán en función de los puntos que se obtengan con estos criterios de baremación:

Puntos por situación laboral de los padres

  • 7 puntos: si ambos padres, o en su caso el único progenitor que convive con el niño, trabajan a jornada completa o si uno de los padres trabaja a jornada completa y el otro tiene un impedimento, debidamente acreditado para atender al menor,
  •  5 puntos por las situaciones anteriores con trabajo a tiempo parcial.

Puntos por situación familiar:

  • Familia numerosa de categoría general: 2 puntos.
  • Familia numerosa de categoría especial: 3 puntos.
  • Acogimiento familiar: 1 punto.
  • Parto múltiple: 1 punto.
  • Necesidades educativas especiales o discapacidad física, psíquica o sensorial: 2 puntos.
  • Progenitores o hermanos del menor con discapacidad: 1 punto

Puntos por situación social

  • Situaciones socio-familiares justificadas por los Servicios Sociales que impliquen dificultades específicas para atender al menor y que hagan necesaria su escolarización: 2 puntos.
  • Otras situaciones no previstas, acreditadas por el centro educativo: 1 punto.

Puntos por ingresos familiares

Respecto a los ingresos,se dan hasta 5 puntos, en función de los límites de la renta, como sigue

  • 5 puntos, por renta per cápita hasta 1.811,00 €.
  • 4,5 puntos por renta per cápita de 1.811,01 € hasta 3.343,00 €.
  • 4 puntos por renta per cápita de 3.343,01 € hasta 4.876,00 €.
  • 3,5 puntos por renta per cápita de 4.876,01 €  hasta 6.409,00 €.
  • 3 puntos por renta per cápita de 6.409,01 € hasta 11.000,00 €.
  • 2 puntos por renta per cápita de 11.000,01 € hasta 15.000,00 €.
  • 1 punto por renta per cápita de 15.000,0 1€ hasta 20.000,00 €.
  • 0,5 punto por renta per cápita de 20.000,01 € hasta 25.000,00 €.

Cómo pedir la beca de educación infantil del curso 2024-25

La beca se puede pedir de forma presencial o telemática (por internet) preferiblemente.

Los impresos de solicitud para  presentar la beca en persona se pueden obtener en las Direcciones de Área Territorial y en la web de la Comunidad de Madrid (más adelante te doy los enlaces).

La solicitud y la documentación que hay que adjuntar se puede entregar en una oficina de Registro de la Consejería de Educación Para hacerlo conviene pedir cita previa en este enlace de cita previa de la comunidad de Madrid

La solicitud también se pueden entregar en los registros de los ayuntamientos, la Administración General del Estado o las oficina de correos, etc. Hay que indicar que la solicitud de debe enviarse a “Subdirección General de Becas de 0 a 3 años”, con el CODIGO DIR3: A13037462.

Importante: la solicitud de la beca tiene que ir firmada  por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad que aparezcan en ella, tanto si se presenta de forma presencial como por internet.

Guía para pedir la beca de educación infantil por internet

Para pedir la beca de educación infantil por internet hay que entrar en este enlace de la Web de la Comunidad de Madrid y rellenar la solicitud. Como he indicado antes, tiene que ir firmada por todos los miembros mayores de edad de la familia. Si no la pueden firmar digitalmente todos, hay que adjuntar el documento “Autorización para presentación de solicitud y consulta de datos personales”, que está en el enlace que te he dado antes junto al modelo de solicitud.

Qué documentación hay que adjuntar a la solicitud de beca de educación infantil para el curso 2024-25

De forma general, junto con la solicitud hay que aportar estos documentos (en pdf si la solicitud se hace por internet):

  • Copia del libro de familia  con todas las hojas en las que aparezcan los padres y los hijos o certificados de nacimiento del Registro Civil de los hijos.
  • Si el niño aún no ha nacido, hay que incluir un certificado médico con la fecha probable de parto.
  • Si la la unidad familiar está conformada por hijos de distintos progenitores o la familia es monoparental, hay que adjuntar volante o certificado de empadronamiento colectivo posterior al 1 de marzo de 2024 si no hay vínculo matrimonial. En el caso de que haya vínculo matrimonial hay que adjuntar la, sentencia de separación o divorcio o el convenio regulador ratificado ante el Juez, que indique quién tiene la guardia y custodia de los hijos.
  • Si un progenitor ha fallecido, hay que presentar el certificado de defunción.

Además, si se da el caso, tambien hay que presentar:Por acogimiento: Resolución judicial de acogimiento o certificado de la Comisión de Tutela del Menor para acreditar la situación de acogimiento familiar

  •  Certificado de los Servicios Sociales municipales si es necesario para acreditar situación social.
  • Si se cora el Ingreso Mínimo Vital, la documentación que acredite ser perceptor de esta ayuda
  • Si el alumno es mayor de tres años y tiene necesidades educativas especiales, un dictamen emitido por el Equipo de Atención Temprana de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
  • El título de familia numerosa si se ha expedido en otra comunidad autónoma.

Si el solicitante se opone la consulta de sus datos, tendrá que presentar más documentación. Tienes más información sobre esto en  la Orden conjunta 1945/2024 de 25 de abril, de la Consejería de Educación por la que se aprueba la convocatoria para de las becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada para el curso 2024/2025.

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