Desde el 1 de octubre, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico) ha puesto en marcha, una nueva categoría de consumidor vulnerable con derecho a recibir el bono social de la luz, para poder incluir a las personas que han perdido ingresos a consecuencia de la pandemia del COVID 19.

El bono social de la luz es un descuento directo en la factura de la electricidad (del 25 al 40% del consumo) para los consumidores vulnerables (descuento que pueden pedir, por ejemplo, todas las familias numerosas, sin tener en cuenta los ingresos).

Desde que se declaró el Estado de Alarma en abril hasta el 30 de septiembre se prohibieron los cortes de luz, gas y agua en todos los hogares, se extendió la prórroga del bono social eléctrico -un descuento directo en la factura de la electricidad dirigido a consumidores vulnerables- y se flexibilizó la gestión de los suministros.

La nueva categoría de consumidor vulnerable con derecho a la percepción del bono social., aprobada en la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, se ha puesto en marcha para poder seguir protegiendo a las personas que estén en situación de vulnerabilidad por la pandemia del COVID-19.

Requisitos parar poder acceder al bono social de la luz

Para ser considerados «consumidor vulnerable», y tener así un descuento directo en el recibo de la luz del 25%, alguno de los miembros del hogar debe cumplir estos requisitos:

  • Estar en situación de desempleo
  • Estar en un ERTE, o haber visto recudida su jornada laboral por motivo de cuidados
  • Afrontar otras circunstancias similares que supongan una pérdida importante de ingresos, en caso de ser empresario

Con esto se sustituye y amplía la medida que, con carácter excepcional, permitía solicitar el bono social como consumidor vulnerable a los autónomos que cesaron su actividad a partir del 14 de marzo, cuando entró en vigor estado de alarma

También podrán beneficiarse del bono social los autónomos que, tras la entrada en vigor del estado de alarma, vieron reducida su facturación del mes anterior al que se solicita el bono social en, al menos, un 75 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.

Límite de ingresos para ser considerado consumidor vulnerable en el bono social de la luz

Además de los requisitos anteriores, no se pueden superar unos límites de ingresos que dependen de las circunstancias del hogar. Así, los ingresos de los miembros de la unidad familiar en el mes anterior al momento en el que se solicita el bono social deben ser inferiores a:

  • 1,5 veces el IPREM de 14 pagas, si no se forma parte de una unidad familiar o no hay ningún menor en la unidad familiar (11.279€)
  • 2 veces el índice IPREM de 14 pagas, si hay un menor en la unidad familiar (15.039€)
  • 2,5 veces el índice IPREM de 14 pagas, si hay dos menores en la unidad familiar (18.799€)

Los multiplicadores se incrementarán en 0,5 puntos, en cada caso, si se dan estas circunstancias especiales:

  • Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad igual o superior al 33%
  • Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la situación de violencia de género.
  • Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo.
  • Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III.
  • Que el consumidor acredite que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor.

Medidas para agilizar la concesión el bono social

Para que los hogares que lo necesiten puedan tener el descuento del bono social de la luz de forma inmediata, de forma excepcional no hace falta acreditar los ingresos, sino que bastará con que el titular de la luz presente una declaración responsable -incluida en el modelo de solicitud- en la que manifieste su situación, o la de algún miembro de su unidad familiar, y los ingresos de la unidad familiar.

Cuando la comercializadora de la luz reciba la solicitud del bono social de la luz y la declaración responsable -junto con la demás documentación acreditativa que se pide (por ejemplo, libro de familia en el caso de las unidades familiares)-, debe comprobar que la solicitud y declaración responsable se han realizado correctamente y comunicar al usuario, por correo electrónico o teléfono (si ha optado por esta opción), el resultado de su petición.

Vigencia del bono social

El derecho a percibir el bono social se extinguirá cuando dejen de concurrir los requisitos para ser beneficiario. El usuario está obligado a comunicar este hecho a la empresa comercializadora en el plazo máximo de un mes.

En todo caso, el derecho a percibir el bono social, en los términos de este nuevo supuesto, se extinguirá el 30 de junio de 2021. Entonces, el Gobierno dispondrá de los datos de la renta de 2020 y ya no será necesaria la declaración responsable, pudiendo los usuarios acceder al bono social en los supuestos que ya existen

El resto de supuestos de acceso al bono social para consumidores vulnerables (en los que están incluidas todas las familias numerosas), consumidores vulnerables severos y consumidores con riesgo de exclusión social siguen vigentes y cualquier usuario, en cualquier momento, puede solicitarlo presentando la documentación acreditativa que corresponda.

Prohibido cortar la luz a los consumidores esenciales

Está prohibido cortar la luz a los beneficiarios del bono social que estén en una de las circunstancias siguientes:

  • ser consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social,
  • ser beneficiario del bono social y formar parte de una unidad familiar en la que haya al menos un menor de 16 años,
  • ser beneficiario del bono social y que el consumidor, o alguno de los miembros de la unidad familiar estén en situación de dependencia reconocida de grado II o III,
  • ser beneficiario del bono social y que el consumidor, o alguno de los miembros de la unidad familiar a la que pertenece, tenga una discapacidad igual o superior al 33%.

Los beneficiarios del bono social recibirán en 2021 el bono térmico

Los hogares beneficiarios del bono social recibirán en 2021 el bono térmico para sufragar los costes de calefacción. La cuantía de esta ayuda (que se abona en un pago único) oscila entre 25 € y 120 € en función de las características de la unidad familiar y la zona climática donde esté la vivienda. Actualmente las comunidades autónomas han empezado a abonar el bono térmico de 2020.

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