La reciente subida del IVA de la electricidad al 21%, después de tres años y medio con tipos reducidos, va a suponer un aumento considerable en las facturas de la luz. La OCU ha pedido al Gobierno la aplicación automática del bono social eléctrico ya que considera que hay unos 1,2 millones de hogares no están recibiendo esta ayuda a pesar de cumplir los requisito, así que he pensado que es un buen momento para recordar quién puede pedir el bono social de la luz.
Qué es el bono social de la luz
El bono social de la luz es un descuento que se aplica en la factura de la luz de los hogares con ingresos bajos y las familias numerosas. Hasta el 30 de junio de 2024, el descuento es del 50% para los consumidores vulnerables (entre los que se incluyen todas las familias numerosas con independencia de sus ingresos) y del 65% para los consumidores vulnerables severos. A partir de julio el descuento bajará un poco.Tienes más información en el post Así será el descuento en el bono social en 2025.
Además, todos los beneficiaros del bono social de la luz reciben automáticamente el bono térmico que es un ayuda de un pago único para agua caliente y calefacción que puede oscilar entre 40 y 400 € según dónde se resida.
Quién puede pedir el bono social de la luz
Lo primero que hay que saber es que el bono social de la luz solamente se concede para la vivienda donde se está empadronado, tanto en propiedad como en alquiler.
El contrato de la luz tiene que estar a nombre de la persona que pide la ayuda y hay que tener contratada la tarifa de luz precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) establecida por el Gobierno en la que se paga directamente el precio de la energía de mercado más impuestos y peajes. Esta tarifa solamente se puede contratar con las comercializadoras de referencia.
Los requisitos económicos para pedir el bono social de la luz
Salvo en el caso de las familias numerosas, para dar el bono social se tienen en cuenta los ingresos y al hacerlo se mira también si en el hogar hay personas con discapacidad o si se trata de una familia monoparental.
Dependiendo de los ingresos se puede ser considerado consumidor vulnerable o consumidor vulnerable severo.
Requisitos para ser consumidor vulnerable en el bono social de la luz
Para ser consumidor vulnerable hay que cumplir alguno de estos tres requisitos:
- La renta de la unidad de convivencia a que se pertenece no puede superar el 1,5 veces el IPREM de 14 pagas. Si hay más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas se incrementaren 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad y 0,5 por cada menor de edad
- Que el consumidor o algún miembro de la unidad de convivencia se beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
- Que el consumidor o todos los miembros con ingresos de la unidad de convivencia reciban la pensión mínima de jubilación o de incapacidad permanente y no tengan otros ingresos que superen los 500 € al año.
Los límites de renta se aumentan en 1 punto IPREM (8.400 €más) si el titular de la luz o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tiene discapacidad, está en situación de dependencia reconocida de grado II o III, es víctima de violencia de género o terrorismo o si se es familia monoparental
También se consideran consumidores vulnerables todas las familias numerosas, con indepencia de sus rentas. Tienes más información en el post Cómo pedir el bono social si eres familia numerosa
Requisitos para ser consumidor vulnerable severo en el bono social de la luz
Para ser considerado consumidor vulnerable severo y obterner por tanto un descuento mayor:
- La renta anual no puede superar el 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable.
- En las familias numerosas, la renta de la unidad de convivencia no puede superar 2 veces el IPREM de 14 pagas (16.800 €) .
- Si el consumidor o todos los miembros del hogar cobran la pensión mínima, no pueden superar la renta anual igual al IPREM de 14 pagas: 8.400€.
Hay un límites de consumo de luz para el descuento
El descuento se aplica en un límite de consumo anual de luz ( lo que se gaste por encima no tiene descuento) que se prorratea entre el número de días de días facturados. El límite de consumo anual es:
- Una persona o 2 adultos: 1587 kWh
- 3 personas, pensionistas de cuantía mínima y 2 personas (una de ellas, menor): 2222 KWh.
- 4 personas, 3 personas (2 de ellas, menores) : 2.698 kWh.
- 5 personas, 4 personas (3 de ellas menores) y familias numerosas: 4761 kWh.
El bono social de la luz se pide en la comercializadora de referencia de la compañía eléctrica que suministra la luz. Se debe aplicar on efecto retroactivo desde el día en el que la compañía eléctrica recibe la solicitud cdesde la fecha en que se pidió.
Tienes toda la información en el post Guía para pedir el bono social de la luz
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