La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha convocado ayudas a la conciliación para los autónomos.

Las ayudas para autónomos, destinadas a facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los trabajadores autónomos incluyen incentivos para permitirles contratar a desempleados para que realicen su actividad económica mientras ellos cuidan de sus hijos menores de tres años o contratar a un sustituto que cubra su trabajo en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o por riesgo en el embarazo.

Las ayudas forman parte de la orden reguladora que aprobó la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo en octubre de 2020 que contempla hasta 9 líneas distintas de ayudas a la conciliación que se irán convocando poco a poco, y que contemplan diferentes opciones, como el  teletrabajo, el cuidado de menores y de personas dependientes o la promoción de actividades lúdicas extraescolares.

Las ayudas que se acaban de convocar se pueden pedir hasta el 30 de septiembre de 2021 y corresponden a dos líneas que se dirigen exclusivamente a los trabajadores autónomos.

Ayudas a la conciliación para autónomos en Andalucía

Subvenciones para contratar a desempleados para que realicen la actividad económica mientras ellos cuidan de sus hijos menores de tres años

Los trabajadores autónomos con hijos menores de 3 años pueden pedir una subvención de hasta 6.000 €, a tanto alzado, por cada nueva contratación por cuenta ajena que hagan a una persona desempleada no ocupada e inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo con una jornada de trabajo a tiempo completo por un periodo de 12 meses.

La subvención sube a 7.200 €  si el contrato se realiza a una desempleada no ocupada, inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo, que sea:

Si el contrato se realiza a tiempo parcial la cuantía de la subvención se adapta proporcionalmente a la jornada de trabajo resultante. La jornada debe durar un mínimo de 20 horas semanales o su promedio en cómputo anual para poder optar a la subvención

Si el contrato no dura los 12 meses, la cuantía de la subvención disminuirá de forma proporcional al periodo de contratación,

Subvenciones para contratar sustitutos por baja por riesgo en el embarazo y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo

Los trabajadores autónomos pueden pedir ayudas para contratar a un trabajador que les sustituya en las situaciones de baja por riesgo en el embarazo y  permiso por nacimiento de hijo.

Las autónomas embarazas que tengan que causar baja por riesgo en el embarazo pueden pedir una ayuda de hasta 3.200 € para contratar a una persona que las supla, por un período máximo de ocho meses.

Los padres y madres autónomos pueden pedir ayudas de  hasta 1.700 € para contratar un sustituto que cubra el periodo de descanso por nacimiento de hijo de 16 semanas y de 1.900 € en el caso de que el descanso por nacimiento de hijo dure 18 semanas (partos múltiples, discapacidad, etc.).

Las cuantías se incrementarán un 50% cuando las contrataciones se formalicen con personas desempleadas no ocupadas, inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo, que sean:

  • Mujeres
  • Hombres menores de 30 años
  • Persona con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%
  • Víctima de violencia de género
  • Víctima de terrorismo

Las cuantías de las ayudas se adaptarán proporcionalmente a la jornada de trabajo resultante cuando el contrato sea a tiempo parcial, con una duración mínima de 20 horas semanales o su promedio en cómputo anual. La cuantía de la subvención disminuirá de forma proporcional al período de contratación, si es inferior al máximo establecido.

Ambas ayudas se pueden pedir de forma telemática, desde este enlace  donde también se pueden consultar los requisitos que hay que cumplir para poder recibir las subvenciones.

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