Desde el 1 de junio de 2023 existe una baja por regla dolorosa, que aparece reconocida como una situación especial de incapacidad temporal por menstruación incapacitante secundaria en la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, que modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
La ley define la menstruación incapacitante secundaria como una situación de incapacidad derivada de una dismenorrea (dolor menstrual) generada por una patología previamente diagnosticada.
En qué casos se puede pedir la baja por regla dolorosa
El texto legal dice que tendrá la consideración de situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes la baja laboral por menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a síntomas como:
- Dispareunia (dolor al tener relaciones sexuales)
- Disuria: dificultad para orinar
- Infertilidad
- Sangrados más abundantes de lo normal,
La ley también concreta que se podrá pedir la baja por regla dolorosa causada por patologías como:
- endometriosis
- miomas
- enfermedad inflamatoria pélvica
- adenomiosis: desarrollo de tejido endometrial en la pared muscular del útero
- pólipos endometriales
- ovarios poliquísticos
- dificultad en la salida de sangre menstrual de cualquier tipo
En la baja por regla dolorosa se cobra desde el primer día
En la situación especial de incapacidad temporal por menstruación incapacitante la trabajadora recibe un subsidio de la Seguridad Social desde el primer día de la baja en el trabajo, a diferencia de lo que ocurre en las demás situaciones de incapacidad temporal por enfermedad común o de accidente no laboral en los que el subsidio se abona a partir del cuarto día de baja (salvo que la empresa complemente la baja).
Además, a diferencia de lo que ocurre con los demás casos de incapacidad temporal, para recibir el subsidio, la trabajadora no tiene que cumplir el requisito de haber cotizado 180 días dentro de 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante
El objetivo de esta baja es regular de forma adecuada esta situación patológica para eliminar cualquier tipo de sesgo negativo en el ámbito laboral.
Cómo pedir la baja por regla dolorosa
Para pedir la baja por regla dolorosa hay acudir al médico de cabecera de la Seguridad Social que será quien decida, en función de las patologías relacionadas con la regla y las molestias que esta ocasiona, si la menstruación es o no incapacitante para pedir la baja y en su caso, cuántos días de descanso necesita cada mujer.
Habitualmente, los dolores incapacitantes por la menstruación son consecuencia de una patología diagnosticada previamente, como la endometriosis que es la implantación y crecimiento benigno de tejido del endometrio (la membrana que recubre el útero) fuera del útero.
La endometriosis pasa muchas veces desapercibida por la creencia la errónea de que el dolor agudo de la menstruación es normal, cuando no debería ser así. Tienes más información sobre este trastorno en el artículo La endometriosis cuando la regla duele más de la cuenta.
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