El Gobierno ha presentado un Plan de desescalada gradual para poder abandonar, poco a poco, las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y el contacto social a las que estamos sujetos actualmente por la pandemia del coronavirus.
El plan de desescalada, que se ha publicado en un documento llamado Plan para la transición a la nueva normalidad, establece 3 fases de desescalada más una de preparación (llamada fase 0, que puedes consultar aquí) y una cuarta fase (llamada fase de nueva normalidad), que se irán aplicando por territorios en función de que se cumplan o no determinadas condiciones.
Es decir, esto significa que cada territorio podrá avanzar a ritmos diferentes y que habrá provincias que pasen antes a una fase que otra, pero que los requisitos para poder pasar de fase serán los mismos para todos.
- El lunes 4 de mayor empieza la fase de preparación de la desescalada (llamada fase 0).
- La fase 1 (que puedes consultar aquí) empezará el 11 de mayo en las provincias que cumplan los criterios, pero el paso a las siguientes fases dependerá del comportamiento y el control de la pandemia en cada territorio.
La imagen que ilustra este artículo es un cronograma orientativo elaborado por el Ministerio de Sanidad. Pero la desescalada no es un proceso matemático ni automático, ya que no hay certeza de cuándo podrá pasar un territorio de una fase a otra. La complejidad de la situación y la naturaleza imprevisible de la evolución del virus impiden plantear un calendario cerrado de recuperación gradual de actividad.
Requisitos para pasar de una fase a otra
* El tiempo entre cada una de las fases tendrá una duración mínima de dos semanas, que es el periodo medio de incubación del virus.
El avance a las fases siguientes dependerá básicamente de:
- Cómo progrese la epidemia en cada zona, para lo que es fundamental que los ciudadanos tomen las medidas higiénicas necesarias.
- Las capacidades sanitarias de cada zona.
Según se indica en la Orden SND/387/2020, de 3 de mayo, por la que se regula el proceso de cogobernanza con las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla para la transición a una nueva normalidad la decisión sobre el avance o retroceso de los diferentes territorios a las distintas fases se aplicará bajo los principios de absoluta colaboración y cooperación entre el Ministerio de Sanidad y las CCAA.
En el plan de transición a la nueva normalidad establecen que se valorarán los siguientes parámetros:
- Salud pública, a partir de los datos que evaluarán estas cuatro capacidades estratégicas en cada territorio:
– Asistencia sanitaria reforzada
– Modelo eficaz y seguro de alerta y vigilancia epidemiológica.
– Rápida identificación y contención de las fuentes de contagio
– Reforzamiento de las medidas de protección colectiva. - Movilidad: tanto dentro del país -entre municipios/entre provincias- como internacional, muy vinculada a un posible aumento del riesgo de contagio.
- Dimensión social: impacto de la enfermedad, confinamiento y desescalada en los colectivos sociales más vulnerables, y en particular en los mayores.
- Actividad económica: evaluación de la situación por sectores, en especial aquellos con más capacidad de arrastre y los más duramente afectados por la crisis.
Qué podremos hacer las fases de la desescalada
Las condiciones de cada una de las fases de la desescalada aparecen detalladas en el anexo II del «Plan de Transición hacia una Nueva Normalidad» aprobado por el Gobierno.
Fase 0: fase de preparación de la desescalada
Empieza el 4 de mayo, una vez que empieza a doblarse la curva de contagios.
- A partir del 2 de mayo, se permiten salidas individuales a hacer deporte y los paseos en compañía de una persona con quien se conviva, en franjas horarias según edad y circunstancias.
- Es obligatorio llevar mascarilla en el transporte público.
- Se permite la apertura de locales y establecimientos con cita previa para atención individual de los clientes.
- Los locales deberán tener mostrador, mampara o, si esto no es posible, garantizar el máximo de protección individual.
- Horario de atención preferente para mayores de 65 años.
- Si el servicio profesional requiere tener contacto con el cliente, es obligatorio el uso de medidas de protección, como mascarilla o guantes.
- Se permitirá la apertura de restaurantes con servicio de comida para llevar sin consumo en el local.
Fase I o inicial: a partir del 11 de mayo en las provincias que cumplan los requisitos
Las condiciones de lo que se podrá hacer se recogen en la Orden SND/386/2020, de 3 de mayo, por la que se flexibilizan determinadas restricciones sociales y se determinan las condiciones de desarrollo de la actividad de comercio minorista y de prestación de servicios, así como de las actividades de hostelería y restauración en los territorios menos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-1.
- Las personas que convivan en el mismo domicilio podrán ir en el mismo vehículo privado, sin limitaciones. Es decir, que podrán ocupar todos los asientos del vehículo. Si no conviven, puede ir el conductor y otra personas en la fila de atrás
- Se permiten reuniones de grupos sociales reducidos de un máximo de 10 personas no vulnerables ni con patologías previas manteniendo las distancias.
- guardando las distancias interpersonales y medidas higiénicas recomendadas.
- Se podrá ir sin cita previa a los locales comerciales y de servicios (de hasta 400 metros cuadrados), y que no tengan carácter de centro o parque comercial o que se encuentren dentro de los mismos sin acceso directo e independiente desde el exterior, con estas condiciones:
-Limitaciones de aforo al 30%.
– Se debe garantizar una distancia mínima de 2 metros entre clientes y si no es posible, únicamente podrá estar dentro un cliente.
-Estos comercios deberán realizar, al menos dos veces al día, una al final de la jornada, una limpieza y desinfección de las instalaciones, con especial atención a pomos de puertas, mostradores y mesas.
– Horario de atención preferente para personas mayores de 65 años.
-En las tiendas de ropa, los probadores deben utilizarse con una única persona y ser desinfectados posteriormente. La prenda probada y no adquirida se debe higienizar antes de ofrecérsela a otros clientes.
-Los establecimientos y locales debe poner a disposición del público spensadores de geles hidroacohólicos con actividad virucida autorizados.
– No se deben usar los aseos de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, salvo en caso de que resultara estrictamente necesario. En ese caso, hay que realizar de inmediato a la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta. – Esta apertura no altera la actividad de los establecimientos situados en centros comerciales a los que se ha permitido seguir abiertos al público durante el estado de alarma. - Los ayuntamientos pueden autorizar la apertura de mercadillos al aire libre, con una limitación al veinticinco por ciento de los puestos habituales o autorizados y una afluencia inferior a un tercio del aforo.
- Se permite abrir las terrazas de bares y cafeterías en un 50% de las mesas permitidas en años anteriores ( (inicialmente se estableció un aforo del 30%). Las terrazas podrían tener mayor número de mesas si el ayuntamiento permite más espacio disponible, respetando la proporción mesas/superficie del 50% y con un incremento proporcional de espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública. Debe asegurarse que se mantiene la debida distancia física de al menos dos
metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. - Los centros educativos abrirán para su desinfección, acondicionamiento y el trabajo administrativo y preparatorio de los docentes y personal auxiliar.
- Se pueden hacer velatorios para un número limitado de familiares (hasta 15 personas al aire libre, 10 en espacios cerrados), con protocolos de distancia física y seguridad.
- Se permite la asistencia a lugares de culto, hasta un 30% del aforo.
- Se permite la apertura de:
- Bibliotecas (préstamo y lectura con limitación de aforo).
- Actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con 1/3 de aforo).
- Actos y espectáculos culturales al aire libre de menos de 200 personas (sentados y manteniendo la distancia necesaria).
- Museos (solo visitas, no actividades culturales) con un tercio de aforo y control de aglomeraciones en salas.
- Turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas.
- Producción audiovisual y rodaje de cine y series.
Fase II o intermedia (podría empezar a las 2 semanas de la fase I si se cumplen los parámetros)
Se permiten:
- Los viajes a segundas residencias siempre que estén en la misma provincia.
- Contacto social en grupos más amplios para personas no vulnerables ni con patologías previas.
- Bodas para un número limitado de asistentes.
- Velatorios para un número menos limitado de familiares, con protocolos de distancia física y seguridad.
- Visitas de un familiar a personas con discapacidad en residencias y viviendas tuteladas (salvo en el caso de las residencias de mayores.
- Apertura de centros de educación infantil (hasta 6 años) para familias que acrediten que los progenitores tienen que realizar un trabajo presencial sin posibilidad de flexibilización horaria. Habrá limitación de aforo.
- Asistencia a clase, con carácter voluntario para los alumnos, en los cursos terminales (4º de ESO, 2º de Bachillerato, 2º de FP de grado Medio y Superior y último año de Enseñanzas de régimen especial) con división de los grupos de más de 15 estudiantes al 50% para asistencia alterna o en semigrupos paralelos y realización de la prueba de acceso a la universidad.
- Los centros educativos prepararán programas de refuerzo educativo a desarrollar en el centro para los alumnos no mencionados que lo necesiten.
- Apertura de los centros de Educación Especial para la asistencia de alumnos con carácter voluntario.
- Apertura al público de los centros o parques comerciales.-Estará prohibido permanecer en las zonas comunes o áreas recreativas.-Aforo limitado al 40% con distancia mínima de 2 metros distancia entre clientes.-Si no es posible mantener la distancia, solo podrá haber un cliente dentro del local.
-Horario de atención preferente para personas mayores de 65 años. - Apertura de centros educativos y de formación (autoescuelas, academias, etc.) no incluidos en los apartados de Educación y Ciencia, siempre con medidas de distanciamiento, higiene y protección oportunas.
- Apertura de locales de restauración con consumo en el local con servicio en mesa siempre que se garantice una entre clientes en mesa y entre mesas, excepto discotecas y bares nocturnos.
-Limitación a 1/3 de aforo.
-Solo se permite el consumo sentados o para llevar. - Turismo activo y de naturaleza para grupos más amplios de personas.
- Museos y espectáculos culturales,con asistencia limitada:
- Cines, teatros, auditorios y espacios similares (con butaca pre-asignada) con una limitación de aforo de 1/3.
- Monumentos y otros equipamientos culturales (solo visitas; no actividades culturales) 1/3 aforo.
- Salas de exposiciones, salas de conferencias y salas multiuso 1/3 aforo, con control de aglomeraciones.
- Actos y espectáculos culturales de menos de 50 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo).
- Actos y espectáculos culturales y de ocio al aire libre de menos de 400 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria).
Fase III o avanzada
En esta fase, la última hasta recuperar la nueva normalidad, una vez que se cumplan los marcadores requeridos, se flexibiliza la movilidad general, pero se mantiene la recomendación del uso de la mascarilla fuera del hogar y en los transportes
Para ello se establecerán protocolos de reincorporación presencial a las empresas para la actividad laboral (uso de EPIs y/u otras medidas de seguridad), con horario escalonado y garantías de conciliación.
Se permitirá:
- Contacto social para personas no vulnerables ni con patologías previas.
- Congresos y ferias científicas respetando distancia social de más de 2 metros para menos de 80 personas, garantizando el cumplimiento de protocolos de seguridad.
- Actividades de divulgación científico-técnica, talleres informativos, con las restricciones necesarias.
- Usar las zonas comunes y zonas recreativas de los centros comerciales con aforo limitado al 50% y distancia de seguridad de 2 metros.
- Ampliar el aforo de los locales de restauración a un máximo de 1/2 de su capacidad, siempre que garantice separación de clientes. Gente de pie con separación mínima de 1,5 metros entre los clientes de la barra.
- En las terrazas, el aforo se limitará al 50% de las mesas permitidas en años anteriores en base a la licencia municipal.
- Apertura de discotecas y bares nocturnos con aforo máximo de 1/3.
- Turismo activo y de naturaleza.
- Acceso a playas, en condiciones de seguridad y distanciamiento.
- Las actividades culturales con 1/3 de aforo en fase II podrán pasar a 1/2 de aforo en esta fase. Además, se permitirán:
- Salas de artes escénicas y musicales con una limitación de aforo de 1/3.
- Actos y espectáculos culturales de menos de 80 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo).
- Plazas, recintos e instalaciones taurinas con una limitación de aforo que garantice una persona por cada 9 metros cuadrados
- Actos y espectáculos culturales, parques temáticos y de ocio al aire libre de menos de 800 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria).
Fase 4 de Nueva normalidad
En esta fase terminarían las restricciones sociales y económicas, pero se mantendrá la vigilancia epidemiológica, la capacidad reforzada del sistema sanitario y las mediodas de autoprotección de la ciudadanía (uso de mascarillas)
El curso escolar comenzará en septiembre con carácter general, salvo cuando se trate de ofrecer actividades de refuerzo, permitir la asistencia de escolares cuyos padres deban trabajar presencialmente o para celebrar la prueba de acceso a la universidad.
Puedes consultar aquí el Plan de Transición a la nueva Normalidad y aquí el detalle más completo de las fases
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