Ya se puede hacer por teléfono la declaración de la renta de 2020. Para ello hay que pedir cita previa en el Plan Le Llamamos, a través de:

  • La web de la Agencia Tributaria con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia o la app “Agencia Tributaria”
  • Los teléfonos 901 12 12 24 o 91 535 73 26 (automáticos) que también sirven para anular citas
  • Los teléfonos de cita previa 901 22 33 44 o 91 553 00 71, en los que se presta atención personal de lunes a viernes de 9 a 19h.

Atención especial para los afectados por ERTES y los perceptores del IMV

Como hay que presentar la declaración de la renta de 2020 si los ingreso anuales superan los 14.000 €  cuando estos vienen de más de un pagador (si la suma de lo recibido por el segundo y demás pagadores supera los 1.500 €), muchas de las personas que han estado en ERTE y que hasta ahora no tenían que hacer la declaración por no alcanzar el mínimo de ingresos con un pagador  (22.000 €), tienen que hacerla este año por haber tenido dos pagadores: la empresa  y el SEPE.

Como el SEPE no retiene el IRPF en los pagos mensuales, es muy probable que al hacer la declaración de la renta de 2020 haya que pagar por las prestaciones por ERTE (o si habitualmente  la declaración de la renta sale a devolver, que la cantidad sea bastante más baja). Para facilitar el pago el Ministerio de Hacienda ha publicado una norma que permite que los afectados por ERTE puedan pagar la renta de 2020 en seis plazos.

Puedes ampliar información sobre cómo declarar las prestaciones por ERTE en el artículo Las prestaciones por Erte y otras ayudas por Covid en la declaración de la Renta 2020.

También tienen obligación de presentar la declaración de la renta de 2020 los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Tienes información en el artículo cómo hacer la declaración de la renta si cobras el ingreso mínimo vital.

Para ayudar a resolver las dudas de las prestaciones por ERTE y el IMV en la renta de 2020, la Agencia Tributaria ha incorporado recientemente una nueva vía de asistencia, para estos colectivos a través del ‘Informador’ de Renta, una herramienta de su web que ofrece la información que necesita cada contribuyente a partir de preguntas sencillas que realiza la propia herramienta.

Si el contribuyente afectado por ERTE o perceptor del IMV no lograr resolver su duda por esta vía tiene la posibilidad de contactar directamente con un funcionario de la Agencia Tributaria a través de un chat establecido ad hoc para estos colectivos en horario de mañana, de lunes a viernes.

Además, todos los contribuyentes pueden consultar sus dudas sobre la declaración de la renta en en los teléfonos 91 554 87 70 y 901 33 55 33, de 9 a 19 horas, de lunes a viernes.

Las personas que prefieran acudir en persona a una delegación de Hacienda, podrán hacerlo del 2 al 30 de junio de 2021. pidiendo cita previa desde el 27 de mayo al 29 de junio.

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