El 7 de abril empieza el plazo para presentar la declaración de la renta de 2020 por internet. Desde esta fecha, también se puede solicitar el borrador de la declaración a través del Servicio Renta WEB de la renta en la web de Hacienda o de la app Agencia Tributaria.
Para presentar el borrador de la declaración de la renta por Internet solo hay que entrar en el apartado Renta de la web oficial de la Agencia Tributaria, y pinchar en el servicio de tramitación del borrador/declaración. Una vez abierto el borrador, se puede confirmar o modificar si es necesario. No hace falta descargar ningún programa porque toda la información se guarda en el servidor de la Agencia Tributaria.
Para acceder al programa hay que identificarse con
- Un certificado electrónico, aquí te cuento cómo pedir e instalar en el ordenador un certificado electrónico
- DNI Electrónico, puedes ampliar información en el artículo cómo activar y utilizar el dni electrónico
- Clave pin, puedes ampliar información cómo obtener un usuario clave para hacer trámites con la administración por internet
- Número de referencia: Se obtiene mediante indicando la casilla 505 de la Renta 2019, la fecha de validez o expedición del DNI o el nº de soporte del NIE .
Calendario de la campaña de renta 2020
Aunque este año la campaña de la renta empieza algo más tarde que otros años, por coincidir el inicio de abril con la Semana Santa, finalizará como es habitual el 30 de junio. También, como en las anteriores campañas, más adelante se abrirán los plazos para presentar la renta por teléfono y en persona en las oficinas de Hacienda.
Desde el 24 de marzo se pueden descargar los datos fiscales en la web de Hacienda introduciendo los datos del DNI y el mencionado número de referencia o accediendo directamente con el DNI electrónico, un usuario clave o un certificado electrónico.
Las personas que cumplan los requisitos de límites y naturaleza de rentas, para poder realizar la declaración directamente en Hacienda, y prefieran hacerlo así, tienen que pedir cita telefónica o presencial. Más abajo te explico cuáles son estos requisitos.
Cita para hacer la renta 2020 por teléfono
La declaración se puede hacer por teléfono del 6 de mayo al 30 de junio. Hay que pedir cita previa desde el 4 de mayo al 29 de junio a través de
- La página web de la Agencia Tributaria con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia o la app “Agencia Tributaria”
- Los teléfonos 901 12 12 24 o 91 535 73 26 (automáticos) que también sirven para anular citas
- Los teléfonos de cita previa 901 22 33 44 o 91 553 00 71, con atención personal de lunes a viernes de 9 a 19h.
Cita para hacer la renta 2020 en una delegación de hacienda
Las personas que prefieran acudir en persona a una delegación de Hacienda, pueden hacerlo entre 2 hasta el 30 de junio de 2021. Para recibir la atención en persona, hay que pedir cita previa desde el 27 de mayo al 29 de junio, a través der:
- La página web de la Agencia Tributaria con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia o la app “Agencia Tributaria”
- El teléfono de cita previa 901 22 33 44 o 91 553 00 71, en horario de lunes a viernes de 9 a 19h)
¿Quién tiene obligación de presentar la declaración de la Renta de 2020?
Con carácter general, tienen obligación de hacer la declaración de la renta de 2020 las personas han obtenido ingresos íntegros del trabajo (sueldos, salarios, pensiones…) superiores 22.000 €
También tienen que hacer la renta las personas que han obtenido ingresos superiores a 14.000 € cuando:
- El dinero recibido viene de más de un pagador, cuando la suma de lo recibido por el segundo y demás pagadores supera los 1.500 €. Esto supone que las personas que han cobrado unos meses la nómina de una empresa y después han estado cobrando una prestación del SEPE por ERTE tendrán que hacer la renta si superan los 14.000 € de ingresos.
- Han cobrado pensiones compensatorias o anualidades por alimentos que no están exentas.
- El pagador no ha realizado retenciones por no estar obligado a ello (caso de las pensiones del extranjero).
También tienen obligación de hacer la declaración de la renta de 2020 las personas que hayan obtenido rendimientos superiores a 1.000 € por actividades económicas y las que hayan percibido el Ingreso Mínimo Vital. Puedes ampliar información en el artículo cómo hacer la declaración de la renta si cobras el ingreso mínimo vital.
Si te has separado en 2020, debes saber que la renta de los padres separados tiene algunas peculiaridades. Puedes ampliar información en artículo: la declaración de la renta de los padres separados.
Requisitos para poder realizar la declaración en Hacienda con cita previa
Para poder realizar la declaración de la renta en Hacienda, ya sea de forma telefónica como presencial, hay que cumplir unos requisitos
- No haber obtenido más de 65.000 € anuales en rendimientos del trabajo.
- No superar los 15.000 € anuales de rendimientos del capital mobiliario,, con el límite de 2 bienes inmuebles alquilados o 2 contratos de alquiler. Además, no se realizan declaraciones de la renta con alquileres turísticos con plataforma.
Deducciones para las familias
Al realizar la declaración de la renta es importante comprobar que las deducciones familiares que se pueden cobrar de forma anticipada se han recibido así todos los meses, ya que desde que se solicita el abono anticipado puede tardar un tiempo en hacerse efectivas.
Por ejemplo, si se ha pedido el cobro anticipado de la deducción por familia numerosa desde agosto y se es familia numerosa desde marzo, se podrán aplicar en la renta las deducciones correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo y junio (que serían 400 euros en el caso de ser familia numerosa con tres hijos).
Las principales deducciones que pueden aplicar las familias son
- Deducción por familia numerosa, puedes ampliar información en el artículo guía para pedir el cobro anticipado de la deducción por familia numerosa
- Deducción por familia monoparental con dos o más hijos puedes ampliar información en el artículo deducción por familia numerosa, monoparental con 2 hijos o personas con discapacidad a cargo.
- Deducción por persona a cargo con discapacidad, sea hijo con discapacidad, ascendiente o cónyuge con discapacidad (en este caso hay unos límites de ingresos en la persona con discapacidad, puedes ampliar información en el artículo cómo pedir el cobro anticipado de la deducción por cónyuge con discapacidad)
- Deducción para madres trabajadoras, puedes ampliar información en el artículo guía para pedir el cobro anticipado deducción por maternidad. Ojo, en ERTE no se puede aplicar la deducción por maternidad.
- Deducción por guardería (para madres trabajadoras). En este caso no se puede solicitar el abono anticipado, así que es importante comprobar que aparece la deducción en el borrador.
También te puede interesar: Ayudas para padres recientes
0 comentarios