Hoy, 11 de abril, empieza la Campaña de la renta 2022 que grava las rentas obtenidas en 2022, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada persona.

Ahora bien, no todos los contribuyentes tienen obligación de presentar la declaración de la renta. Tienes toda la información sobre quién está obligado a presentar la renta correspondiente a 2022 y las fechas de la campaña de renta 2022  en el artículo Las fechas de la declaración de la renta de 2022.

Además de consultar los datos fiscales de 2022 para ver si son correctos y utilizar el simulador Renta WEB Open, que permite realizar las declaraciones de IRPF sin identificarse, para poder hacerse una idea de cómo será la declaración de la renta de 2022, ya se puede obtener el borrador de la declaración de la renta que confecciona Hacienda y confirmarlo o modificarlo si falta información o si la que hay no es correcta.

El borrador de la declaración de la renta es una propuesta de declaración con los datos fiscales que tiene Hacienda, que nos ayuda a hacer la renta. Pero hay que repasarlo a fondo porque es posible que la AEAT no tenga todos los datos. De hecho, confirmar un borrador incorrecto no exime al contribuyente.

Para ayudarte a revisar el borrador, te explico los principales conceptos de la declaración de la renta de 2022: renta del contribuyente certificado de retenciones, base imponible,  reducciones, mínimo personal y familiar del IRPF, rentas exentas,  base liquidable, cuota íntegra, cuota líquida…

Claves para entender la declaración de la renta de 2022

Cómo se calcula la renta sobre la que se aplica el IRPF

La renta del contribuyente está formada por la suma de los rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley

En concreto, la renta sobre la que se aplica el IRPF comprende:

  1. Rendimientos de trabajo: pagos en dinero o en especie, (que no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas) como por ejemplo los sueldos, las prestaciones por desempleo y las pensiones.
  2.  Rendimientos de las actividades económicas: como fabricación, comercio o prestación de servicios y el ejercicio de profesiones liberales, artísticas y deportivas.
  3. Ganancias y pérdidas patrimoniales, por ejemplo, por vender una vivienda por más o menos dinero del que se compró, premios en loterías, criptomonedas…
  4. Las imputaciones de renta que se establezcan por ley
  5. Rendimientos del capital, que pueden ser de dos formas:
  • De bienes inmuebles rústicos o urbanos no asociados a actividades económicas realizadas por el contribuyente, aquí entrarían los ingresos por tener un piso alquilado y también la renta imputada (Hacienda obliga a pagar un mínimo en la renta por tener en propiedad un inmueble que no es la vivienda habitual incluidos los garajes).
  • De capital mobiliario, por ejemplo intereses de un depósito bancario.

De la renta obtenida, una vez sumados todos estos componentes, se resta después una cantidades llamada mínimo personal y familiar, que no tributa por destinarse a cubrir las necesidades vitales del contribuyente y de las personas que dependen de él. Este mínimo  se determina en función de las circunstancias personales (número de hijos, ascendientes a cargo, discapacidad, etc.).

¿Qué porcentaje de IRPF se aplica a la renta obtenida en 2022?

El porcentaje de la renta obtenida en 2022 que se paga en el IRPF depende del tipo de de renta. La renta obtenida del ahorro tributa a un porcentaje más bajo que la renta general que no forma parte del ahorro.

La renta general tributa siguiendo una escala progresiva que va de menor a mayor empezando por los ingresos más bajos. Por debajo de 12.450 € no se tributa

Los tramos de la renta general para el IRPF 2022 son:

  • De 0 hasta 12.450 €: retención del 19%.
  • De 12.450 a 20.199 €: retención del 24%.
  • De 20.200 a 35.199 €: retención del 30%.
  • De 35.200 a 59.999 €: retención del 37%.
  • De 60.000 a 299.999 €: retención del 45%.
  • Más de 300.000 euros: retención del 47%.

Los porcentajes se van aplicando uno a uno, empezando por el inferior. Por ejemplo, si una persona ingresa 21.000 € brutos al año, no paga por el IRPF el 30% de ese total, sino un 19% por los primeros 12.450 €, un 24% de los siguientes 7.750 € (segundo tramo) y un 30% por los restantes 800 € (tercer tramo).

El IRPF estimado que corresponde a cada persona se va pagando a lo largo del año mediante las retenciones que se aplican en las nóminas durante el año fiscal y en las declaraciones trimestrales que presentan los trabajadores autónomos. Para calcular el porcentaje, se tienen en cuenta las circunstancias personales y familiares, pero puede haber desajustes por ingresos o gastos imprevistos a lo largo del año y esto es lo que se compensa al hacer la declaración de renta.

Para saber qué IRPF se ha pagado en 2022, el pagador (empresa o el SEPE en caso de cobrar prestación por desempleo u otra prestación que tenga retenciones,) entrega al contribuyente un certificado de retenciones en el que figura el salario o la prestación que se ha recibido (en bruto) y las retenciones de IRPF realizadas al trabajador durante el año fiscal. Esta información, que es la que se comunica a Hacienda, aparece en el borrador de la renta.

Los conceptos clave del IRPF

Te resultará más fácil revisar el borrador si entiendes los conceptos de la declaración de la renta de 2022. Te explico los más importantes.

Base imponible es la suma de todos los ingresos obtenidos (la renta sobre la que se aplica el IRPF que te he explicado al principio). Se divide en base imponible general y base imponible del ahorro y las dos tienen tramos estatales y autonómicos.

Exenciones o rentas exentas. Son ingresos por lo que no hay que tributar por ley, por ejemplo ciertos determinados premios literarios o de azar, prestaciones del Estado por actos de terrorismo, prestación por nacimiento de hijo. Tampoco hay que tributar por el ingreso mínimo vital, pero es obligatorio hacer la declaración si se ha cobrado.

Base liquidable: Es la cantidad que sale una vez que se han aplicado reducciones en la base imponible del impuesto.

Reducciones: Son los gastos deducibles que se restan de la base imponible para obtener la base liquidable. Además del mínimo personal y familiar (del que te hablaba al principio y que te explico a continuación), hay deducciones por tributación conjunta, aportaciones a planes de pensiones, cotizaciones a la Seguridad Social, pago de pensiones compensatorias por decisión judicial al excónyuge, etc.

Mínimo personal y familiar: Es una parte de la renta obtenida a lo largo de 2022 por la que no se tributa (se resta a la base imponible) porque se considera que este dinero es necesario para cubrir las necesidades vitales del contribuyente y de las personas que dependen de él. El mínimo personal y familiar se obtiene sumando los mínimos por contribuyente, descendientes, ascendientes, y por discapacidad que son:

  • 5.550 € por contribuyente en general, más 1.150 € si tiene más de 65 años o más 1.400 € si es mayor de 75 años.
  • 3.000 € por discapacidad a partir del 33% del contribuyente o su cónyuge (en declaración conjunta) o 9.000 € por discapacidad a partir del 65% + 3.000 € anuales, si necesita ayuda de terceras personas o movilidad reducida
  • 2.400 € por el primer hijo, 2.700 € por el 2º, 4.000 € por el 3º y 4.500 € por el 4º y siguientes más 2.800 € por descendiente menor de tres años.
  • 3.000 € por discapacidad a partir del 33% en un descendiente o 9.000 € por discapacidad a partir del 65% en un descendiente, + 3.000 € si precisa ayuda de terceras personas o movilidad reducida.
  • 1.150 € por cada ascendiente de la unidad familia, más 1.400 € si tiene más de 75 años.
  • 3.000 € por discapacidad a partir del 33% en un ascendiente de la unidad familiar o 9.000 € por discapacidad a partir del 65%.+ 3.000 € si necesita ayuda de terceras personas o movilidad reducida o tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100.

Deducciones. Son cantidades que se restan de la cantidad que sale después de haber aplicado el tipo de gravamen sobre la base liquidable que se ha obtenido una vez aplicadas las deducciones

Hay deducciones a nivel estatal, como las deducciones por donativos a determinadas entidades, la deducción por maternidad (que a su vez da derecho a una deducción por gastos de guardería), la deducción por familia numerosa, deducción por familia monoparental con dos hijos y la deducción por persona a cargo con discapacidad o y deducciones a nivel autonómico, como las deducciones por vivir de alquiler, por nacimiento de hijo. Puedes consultar las deducciones autonómicas en este enlace de Hacienda.

Los autónomos pueden deducir la cuota de autónomos, el alquiler del lugar de trabajo, materiales de trabajo, etc.

El bono joven del alquiler, de 250 €/mes el bono cultural joven de 400 € y la ayuda del cheque de 200 € tributan en el IRPF como ganancia patrimonial. El Ingreso mínimo vital no tributa pero si se cobra es obligatorio hacer la declaración de la renta. Tienes más información aquí.

Conociendo toda esta información espero que te resulte más sencillo revisar el borrador o hacer la declaración renta por tu cuenta (no es obligatorio usar el borrador). En cualquier caso, si no lo tienes claro, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ofrece distintos servicios de ayuda para elaborar la declaración de la renta de 2022. También tienes la información en el artículo Las fechas de la declaración de la renta de 2022

Por cierto, las mujeres que estuvieron en ERTE y las autónomas que cesaron su actividad por la crisis sanitaria entre 2020 y 2022 no tendrán que devolver la deducción por maternidad y podrán regularizarla, si no lo han hecho ya, en la renta de 2022. Te explico cómo aplicar la deducción por maternidad de 2020, 2021 y 2022 en la renta de 2022 en este enlace.

Aparte de las ganancias declaradas, hay que revisar las deducciones estatales y autonómicas a las cuáles podemos optar. La deducción por vivir en una vivienda de alquiler, por ejemplo, es autonómica, y las de familia numerosa o persona con discapacidad al cargo son estatales, aunque esto es indiferente a la hora de pedirlo. Son deducibles también gastos como las donaciones o las cuotas sindical

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