El Tribunal de Justicia Europeo (TJEU) ha decido no pronunciarse sobre la ampliación del permiso por nacimiento en las familias monoparentales argumentando defectos de forma en la solicitud que hacen que «la petición de decisión prejudicial sea inadmisible».

La sentencia no cierra puertas a otros futuros pronunciamientos de la Justicia Europea sobre la ampliación del permiso por nacimiento en las familias monoparentales, pero supone un nuevo varapalo para las familias monoparentales, que llevan años batallando en los tribunales para que sus hijos tengan los mismos derechos que los hijos de las familias con dos progenitores, esto es: poder estar al cuidado de alguno de sus padres hasta un máximo de 26 semanas (las 16 del permiso por nacimiento de la madre y las 10 semanas del permiso que le quedanal padre una vez que ha disfrutado las 6 primeras semanas a la vez que la madre).

Hace algo más de un año, el Tribunal Supremo rechazó duplicar el permiso por nacimiento de las familias monoparentales argumentando que definir la prestación por nacimiento de hijo corresponde al poder legislativo y no al judicial. Pero la futura Ley de familias, que incluiría la ampliación del permiso por nacimiento para las familias monoparentales, y también otras cuestiones que no están exentas de polémica, no termina de avanzar en su trámite parlamentario.

Sentencias muy dispares sobre la ampliación del permiso por nacimiento de las familias monoparentales

La ampliación del permiso por nacimiento de las familias monoparentales ha estado en los tribunales desde que se empezaron a igualar los permisos por hijos para los dos progenitores. Ya en julio de 2019 las familias monoparentales denunciaron una discriminación en los permisos por nacimiento de hijo, al considerar que los hijos de familias con un solo progenitor quedaban discriminados al no poder tener a su progenitor cuidándoles el mismo tiempo que los hijos que tienen dos progenitores.

Las peticiones de las familias monoparentales para ampliar el permiso por nacimiento ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) han sido rechazadas sistemáticamente, lo que ha motivado muchas reclamaciones judiciales, con sentencias muy dispares, que van desde negarlo por completo a duplicarlo, como ocurrió en una sentencia de Huelva  y en muchos casos, las reclamaciones llegaron a los tribunales superiores de justicia autonómicos que tanto dieron la razón a los demandantes o echaron para atrás sentencias positivas.

Por ejemplo, en su su día

  • Los tribunales de Asturias, La Rioja y Navarra rechazaron ampliar el permiso por nacimiento
  • Los tribunales  superiores de justicia de Castilla-León, Cataluña y Madrid permtieron duplicar el permiso hasta 32 semanas.
  • Los tribunales de Aragón, Baleares Cantabria, Extremadura y País Vasco permitiueron duplicar el permiso hasta las 26 semanas que pueden sumar los dos progenitores si disfrutan los permisos por separado una vez que han compartido las 6 primeras de semanas del permiso).

Por lo tanto, al igual que ocurre con el título de familia monoparental, los derechos de los progenitores y sus hijos dependen mucho del juez que te toque en suerte y también dónde se viva.

Por qué el TJEU ha rechazado pronunciarse sobre la ampliación del permiso por nacimiento de las familias monoparentales

La Sentencia del TJEU responde a una cuestión planteada por el Juzgado de lo Social n.º 1 de Sevilla, sobre una trabajadora que disfrutó su permiso de maternidad del 5 de noviembre de 2021 al 24 de febrero de 2022 y  que con fecha 22 de febrero de 2022, pidió a la Seguridad Social aumentar su permiso de maternidad en 16 semanas más, argumentando que ley española discrimina a los hijos de las familias monoparentales.

En su cuestión  al TJEU, el Juzgado de lo Social n.º 1 de Sevilla pregunta si se puede incluir a las familias monoparentales en el artículo 5, apartado 8, de la Directiva 2019/1158 que trata sobre el permiso parental.

El TJEU ha rechazado pronunciarse sobre el tema por dos razones:

1.Las disposiciones de la Directiva sobre permiso parental no son aplicables a este caso que se refiere a la solicitud de ampliación de un permiso por maternidad o permiso por nacimiento, ya que el permiso parental es diferente del permiso por nacimiento. Así según la reciente sentencia del TSJE:

  • El permiso parental permite a los progenitores ausentarse del trabajo, hasta un máximo de cuatro meses, para cuidar de sus hijos hasta que estos cumplen ocho años.
  • El  permiso de maternidad tiene como finalidad asegurar la protección de la condición biológica de la mujer y las relaciones entre ella y su hijo durante el posparto, evitando que la acumulación de cargas que deriva del ejercicio simultáneo de una actividad profesional perturbe estas relaciones

2. España no tenía obligación de transponer la directiva hasta agosto del 2022 y los hechos ocurrieron en febrero de 2022.

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