El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha ratificado una sentencia del Juzgado de lo Social de Teruel que amplía el permiso por nacimiento de hijo de una madre de familia monoparental, en 10 semanas, pasando así de 16 a 26 semanas.

Como ya ha ocurrido en las sentencias de otras comunidades autónomas, el tribunal de Aragón ha rechazado el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)  por entender que no  ampliar el permiso por nacimiento de hijo en las familias monoparentales supondría una desigualdad de trato para los bebés que vienen al mundo en una familia monoparental., frente a los bebés que tienen dos progenitores, que disfrutan de dos permisos por nacimiento y por lo tanto más semanas acumuladas para cuidar de sus hijos.

La actual ley establece que cada progenitor tiene derecho a un permiso por nacimiento de hasta 16 semanas, y que las primeras 6 semanas se deben tomar tras el parto. Si suman los dos permisos, los progenitores pueden enlazar 26 semanas seguidas para cuidar del bebé. Sin embargo, según la ley las familias monoparentales solo pueden tener un permiso de 16 semanas, por lo que sus bebés se quedan discriminados frente a los bebés que nacen en familias biparentales.

En diciembre, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, reconoció públicamente que la ley presenta problemas de equidad en permiso por nacimiento de las familias monoparentales y que habrá que revisarla, pero de momento no ha habido avances.

10 semanas más de permiso por nacimiento para una familia monoparental

Al igual que en otras reclamaciones similares, la demandante pidió al INSS disfrutar de las 16 semanas adicionales de baja que la habrían correspondido al otro progenitor, de haber existido, o disfrutar subsidiariamente de 10 semanas más (ya que las 6 primeras semanas las deben disfrutar los dos progenitores justo después del parto) para que así su hijo pudiera recibir el mismo cuidado que los bebés nacidos en familias con dos progenitores.

El Tribunal de Aragón ha seguido la línea de las numerosas sentencias que se van acumulando por la geografía española en este sentido y se ha basado en  el principio de la no discriminación, indicando que «denegar la prestación a la demandante supondría una conculcación del derecho de igualdad consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño, ya que la atención, cuidado y desarrollo del menor afectado sufriría una clara merma respecto a la que recibirán los menores de una familiar biparental, y por lo tanto no hay justificación para que los hogares monoparentales reciban un trato dispar».

Otras sentencias que aumentan el permiso por nacimiento las familias monoparentales.

Esta sentencia se suma a otras anteriores:

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