El 1 de junio ha entrado el vigor el permiso preparto en la semana 39 de embarazo ​ que contempla la Ley de salud sexual y reproductiva (Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero).

Este permiso para las embarazadas en la semana 39 de embarazo figura en la Disposición final tercera que modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre reconoce como una situación especiales de incapacidad temporal el embarazo de la mujer desde el primer día de la semana 39.

Durante esta situación especial de incapacidad temporal, la trabajadora recibe un subsidio hasta la fecha del parto. La Seguridad Social lo cube desde el día siguiente al de la baja en el trabajo y el empresario cube el salario íntegro correspondiente al día de la baja

El permiso preparto en la semana 39 se suma al permiso por nacimiento de hijo

El permiso preparto se suma al permiso por nacimiento de hijo de 16 semanas que tienen las madres trabajadoras, al igual que el otro progenitor.

Hasta ahora, las embarazadas no cuentan con ningún permiso especial, salvo que se compruebe que en el trabajo existe un riesgo para el embarazo, lo que da a lugar a una baja por riesgo en el embarazo en la que se cobra una prestación por riesgo del embarazo del 100%, cuando no es posible cambiar a la embarazada de puesto de trabajo, por trabajar, por ejemplo, en un laboratorio con productos peligrosos para el feto. Existe la posibilidad de emplear hasta 4 de las 16 semanas de permiso por nacimiento antes del parto, pero no se hace porque las madres prefieren destinar las semanas de permiso al cuidado del bebé.

Por lo tanto, cuando  una embarazada se encuentra mal en las últimas semanas de embarazo, tiene que acudir a su médico de familia para que este valore si necesita una baja médica por incapacidad temporal, en la que se empieza a cobrar a partir del cuarto día de baja

Ahora que ha entrado en vigor la nueva ley, todas las embarazadas pueden pedir un permiso preparto en la semana 39 y cobrar desde el primer día de la baja, sin necesidad de que haya complicaciones en el embarazo o riesgo de parto prematuro.

El mismo decreto contempla una baja por menstruación incapacitante que también ha entrado en vigor a primeros de junio.

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